IV Sala Penal confirmó sentencia contra alcalde Vera de 8 años por lavado de activos y ordena prisión efectiva
Prensa Regional
El Juez de la IV Sala Penal de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, Dr. Nicolás Iscarra, el jueves 25 de mayo en audiencia dio lectura a la sentencia del expediente 4810-2017, donde declaró infundado la apelación de Manuel Vera Paredes y confirmó la sentencia contra el alcalde de Cerro Colorado por el delito de lavado de activos en modalidad de conversión.
La sentencia le impone pena de prisión de 8 años de prisión contra el alcalde Vera Paredes con carácter de efectiva con 120 días multa equivalente a 8 mil soles que deberá pagar al tesoro público. Asimismo, la sentencia ordena decomisar el inmueble valorizado en 100 mil soles de Vera Paredes, así como el decomiso del vehículo del alcalde, debiendo pagar una reparación civil de 186 mil soles a favor del Estado.
Los principales fundamentos para sentenciar al alcalde Vera Paredes por parte de la IV Sala Penal, según el Juez Iscarra, fueron que el 05 de agosto del 2009 con su esposa compraron un inmueble en la Urb. La Libertad mediante documento privado donde la cuota inicial a pagar era de 10 mil 976 soles y el saldo mensual a pagarse en 2 mil soles que debió concluir en octubre del 2012 donde se pagó 86 mil soles. Sin embargo, el 19 de octubre del 2012 el alcalde y su esposa pese a existir un contrato vigente, efectuaron otro contrato a favor de sus dos hijos, evitando de esta manera se les identifique como verdaderos propietarios.
Otro de los fundamentos de la sentencia es que el 07 de enero del 2012, Vera efectuó un depósito de 100 mil soles en un banco que debía permanecer hasta el 2015, no justificándose el origen del dinero. Asimismo, el fallo judicial que dio lectura el Juez Iscarra, señaló que, entre diciembre del 2013 y enero del 2014, Vera Paredes adquirió un vehículo a nombre de una pareja de esposos pagándose 13 mil 790 dólares a una empresa automotriz para evitar que se le identifique como verdadero propietario del vehículo, por lo que el alcalde de Cerro Colorado incurrió en el delito de lavado de activos en la modalidad de conversión.
La sentencia negó el recurso de apelación de Jacinto Coaquira Quispe y Juana Cutipa Vilcazano, quienes fueron considerados como cómplices primarios en el delito de lavado de activos ya que actuaron como “testaferros” en la compra de un auto cuyo propietario era el alcalde, por lo que le impusieron una pena de 3 años en calidad de suspendida por lo que deberán pagar 39 mil soles de reparación civil en favor del Estado.