¿Por qué razones AUTODEMA inició proceso de nulidad de resolución de usufructo contra minera Zafranal?

pressadminmayo 11, 20234min0
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¿Por qué razones AUTODEMA inició proceso de nulidad de resolución de usufructo contra minera Zafranal?

ulises zafranal

Radio Sn Martin

Tres son las razones que ha empleado AUTODEMA por incumplimiento de normas legales por parte de Minera Zafranal, según el Comunicado 010-2023 emitido el 09 de mayo y que tiene como base el informe de la Oficina de Asesoría Jurídica de dicha dependencia publica, para dar inicio al proceso de nulidad de la Resolución de Gerencia Ejecutiva 349-2022 que suscribió el ex gerente Arturo Arroyo el año 2022 y que concedió derecho de usufructo por 30 años a favor de la empresa minera Zafranal.

El primer incumplimiento, se refiere a lo dispuesto en el numeral 2 del artículo 169.2 del Reglamento de la Ley General de Bienes Estatales, “que obliga a adjuntar el informe de la autoridad sectorial competente que califique el proyecto de inversión como tal y que se pronuncie sobre el tiempo que se requiere para la ejecución del proyecto y el área del terreno necesaria”.

El segundo incumplimiento, “es la omisión del depósito de garantía de respaldo de la solicitud presentada por la Compañía Minera Zafranal acorde a lo dispuesto en el artículo 139 del Reglamento General de Bienes Estatales”.

El tercer incumplimiento, que AUTODEMA aduce a Zafranal, es a las ilegalidades concernientes a la quinta etapa del procedimiento referido a la tasación del bien, materia de usufructo acorde a lo dispuesto en el numeral 5.6.2 de la Directiva 003-2022/SBN que establece que, “la tasación es efectuada por la Dirección de Construcción de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construccion y Saneamiento del Ministerio de Vivienda. En segundo lugar, la tasación también puede ser realizada por una persona jurídica privada especializada en tasaciones con reconocida y acreditada experiencia en el rubro de tasaciones comerciales mayor a dos años que cuente además con profesionales especializados”.

Ante estos incumplimientos, AUTODEMA afirma que ha dado inició al procedimiento de nulidad de oficio de la Resolución de Gerencia Ejecutiva 349-2022 que aprobó la solicitud de Constitucion de Usufructo a la Compañía Minera Zafranal sobre terrenos de AUTODEMA. En tal sentido informa que, el 03 de mayo se notificó mediante Carta 006-2023 a Zafranal donde se les comunica el inicio del procedimiento de anulación de la Resolución de Gerencia Ejecutiva 349-2022-GRA/PEMSÑ-GE, otorgándole plazo de 5 días para realizar sus descargos. De no realizarlos en el plazo establecido se emitirá una nueva Resolución declarando la nulidad del usufructo.

El comunicado precisa respecto al Contrato de Usufructo celebrado con la Compañía Minera Zafranal, este se encuentra vigente y tratándose de un Acto Jurídico regido por el Código Civil no es posible declarar su nulidad en via administrativa por lo que se ejercerá los mecanismos legales estipulados en el propio contrato, como es el trato directo y posteriormente de ser necesario los demás medios de resolución de conflictos establecidos por la norma. El comunicado concluye que el GRA y AUTODEMA ratifican que trabajan por el desarrollo de Arequipa sin el ánimo de ahuyentar la inversión privada y con irrestricto respeto a la normatividad vigente.

 

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