Gobierno aumenta remuneraciones a docentes de universidades públicas
El gobierno de la presidenta Dina Boluarte mediante Decreto Supremo 066-2023-EF publicado en el diario oficial el miércoles 19 de abril en edición extraordinaria, aumentó el nuevo monto de remuneración mensual de los docentes ordinarios de las universidades públicas que en promedio bordea los 500 soles y autoriza una transferencia de partidas en el presupuesto del sector público para el año fiscal 2023 en favor de las universidades públicas.
Con el aumento, la remuneración mensual del docente ordinario principal se incrementa a 7,813 soles, los docentes ordinarios asociados ganarán 4,914 soles, en tanto que los docentes ordinarios auxiliar ganarán 4, 170 soles mensuales. El Decreto Supremo indica que la remuneración de los docentes ordinarios, pertenecientes a las categorías principal, asociado y auxiliar con régimen de dedicación a tiempo parcial, se calcula de manera proporcional a las horas laboradas y teniendo como base el monto de la remuneración del docente ordinario de similar categoría con régimen de dedicación a tiempo completo.
La norma publicada señala que la vigencia del nuevo monto de la remuneración mensual de los docentes ordinarios de las universidades públicas entra en vigencia a partir del mes de abril de 2023, mientras que la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas procede, de oficio, a la actualización del monto de la remuneración de los docentes universitarios establecido en el artículo 1 del presente Decreto Supremo en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público.
El decreto refiere autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, hasta por la suma de S/ 69 millones 785 mil 766 soles del Ministerio de Educación en favor de cincuenta y dos (52) Universidades Públicas, para financiar el costo diferencial del incremento remunerativo a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo, para el período de abril a diciembre del presente año.