Proponen renuncia excepcional al mandato legislativo mediante reforma constitucional
La congresista Magaly Ruiz de Alianza para el Progreso presentó el proyecto de reforma constitucional el cual tiene por objeto es modificar el artículo 95° de la Constitución Política del Perú de 1993, para permitir la renuncia excepcional por causa justa al cargo de congresista de la República.
La propuesta señala que, “el mandato legislativo es irrenunciable. Excepcionalmente el Congreso autoriza la renuncia fundamentada en causa justa que pida al solicitante el cumplimiento de sus funciones públicas quedando, además, impedido de participar en cualquier elección popular que fuese aceptada”.
En la exposición de motivos, el proyecto afirma que la irrenunciabilidad al mandato legislativo ha sido cuestionada en los tribunales peruanos, que señalan una línea interpretativa al problema planteado que favorece la posibilidad de la renuncia bajo determinadas situaciones. Entre ellos en los casos de los congresistas, Javier Valle Riestra y Marco Falconi Picardo, quienes renunciaron a sus cargos.
La congresista Ruiz remarca que la prohibición de la renuncia conlleva a claros límites de la voluntad del legislador que podrían afectar su desarrollo personal y familiar, que pueden afectar la correcta ejecución de sus deberes y obligaciones durante el ejercicio del cargo.
La propuesta de reforma constitucional concluye que es sensato y aceptado incluir en la legislación nacional la renuncia excepcional al mandato legislativo como solución de determinas situaciones político -sociales, y por equidad, reconocer la igualdad con los titulares de otros poderes del Estado y organismos constitucionalmente autónomos, bajo los siguientes criterios: 1.- Exposición de causa justa que explique el o los impedimentos para ejercicio adecuado, idóneo y eficiente de las condiciones, responsabilidades y deberes del cargo de elección popular. 2.- Aceptación del Pleno del Congreso de la causa justa del solicitante, que deberá ser aprobada por no menos de 2/3 del número legal de miembros del Congreso, porcentaje considerado con la finalidad que exista consenso para afectar el fuero parlamentario.