Gobernadora aprobó lineamientos de proyectos de vivienda regionales en Arequipa
La gobernadora regional de Arequipa, Kimmerlee Gutiérrez, mediante decreto regional 02-2022 publicado en el diario oficial, aprobó los “Lineamientos para Calificar y Aprobar Proyectos de Vivienda de Interés Regional en el Gobierno Regional de Arequipa”, el mismo que en Anexo forma parte integrante del presente Decreto Regional y derogó el Decreto Regional N° 004-2016-AREQUIPA, que establecía los “Lineamientos para Calificar y Aprobar Proyectos de Vivienda de Interés Regional”.
Los Lineamientos tienen como finalidad uniformizar la calificación y aprobación de proyectos de vivienda, para los que se solicita la declaración de interés regional presentados ante el Gobierno Regional de Arequipa, de tal forma que los funcionarios o servidores ajusten sus decisiones a los lineamientos y procedimientos establecidos, brindando transparencia debida, cautela de los bienes del Estado y seguridad jurídica a los administrados.
El decreto publicado señala que la Gerencia Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento es responsable de la calificación de los proyectos de vivienda declarados de interés regional, presentados ante el Gobierno Regional de Arequipa y la Oficina de Ordenamiento Territorial es la responsable de indicar, en el marco de sus competencias, las áreas disponibles en las que se pueda plantear un proyecto de vivienda.
El decreto indica que los proyectos de vivienda declarados de interés regional son aquellos que están orientados a disminuir de forma significativa el déficit de vivienda a nivel regional. En ese sentido, los proyectos de habilitación urbana residenciales se enmarcarán dentro de lo establecido en el Reglamento Nacional de Edificaciones.
Todos los proyectos de vivienda cuyo monto total de inversión oscile entre S/ 20’000,000.00 (Veinte millones y 00/100 de soles) a S/ 120’000,000.00 (Ciento veinte millones y 00/100 de soles), para cuya ejecución se requiera efectuar la compra venta directa de bienes de dominio privado del Estado y que cumplan con los requisitos establecidos en la normatividad legal y los presentes Lineamiento, deberán ser calificados como de interés regional. Los proyectos presentados tienen carácter de peticiones de gracia, a que se refiere el Artículo 123° del TUO de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General aprobado con Decreto Supremo N° 004-2019-Justicia.
Respecto a los lineamientos para calificar los Proyectos de Vivienda de Interés Regional el decreto señala que el proyecto deberá tener como fin exclusivo la ejecución de la habilitación urbana y edificación de vivienda en el ámbito de la Región Arequipa, dirigida a familias o personas de menores ingresos.
El proyecto será evaluado de acuerdo con las prioridades estratégicas establecidas en el Plan Estratégico Nacional, Plan Nacional de Vivienda, Plan de Desarrollo Metropolitano de Arequipa – PDM y Plan de Desarrollo Regional Concertado del Gobierno Regional de Arequipa. Para su evaluación se considerará los siguientes aspectos: a) Contribución a la reducción del déficit cuantitativo de vivienda en la región Arequipa, b) Valor agregado generado por la actividad, c) Generación de empleo directo e indirecto, d) Generación de encadenamientos para mejorar la competitividad de la cadena productiva, e) Buenas prácticas socio-ambientales, f) Que sea compatible con lo establecido en la Ley N° 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD).
El expediente deberá contener un estudio de pre inversión que sustente la viabilidad técnica, económica, financiera, social, ambiental y legal, así como el plazo estimado de su ejecución.