Congreso elegirá el jueves 6 al Defensor del Pueblo

pressadminoctubre 5, 20223min0
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Congreso elegirá el jueves 6 al Defensor del Pueblo

la defensoria elige

Imagen: Andina

El Congreso Nacional el jueves 6 a elegirá al Defensor del Pueblo en cumplimiento de sus atribuciones establecidas en la Constitución Política y lo que dispone la Ley orgánica de esa entidad constitucional autónoma, informó el presidente del parlamento, José Williams Zapata.

Según el informe final de la Comisión Especial de selección de candidatas o candidatos aptos para la elección del Defensor del Pueblo, se ha propuesto una terna de tres candidatos para ese importante cargo y ellos son los siguientes profesionales abogados.

David Alberto Castro Barriga, es abogado de profesión, tiene un Master en Derecho Público Comparado y grado de Doctor, fue asesor de la Defensoría del Pueblo y de la Presidencia del Consejo de Ministros. Representó al Perú ante el Comité de Gobernanza Pública y Comité de Política Regulatoria de la OCDE en París, Coordinador de la Segunda Especialidad en Derecho Público y Buen Gobierno de la PUCP y docente de la Universidad del Pacífico.

Jorge Luis Rioja Vallejos, es abogado de profesión y Licenciado en Comunicación, tiene Maestrías en Derecho Constitucional y Realidad Nacional, Defensa y Desarrollo, así como Doctorados en Derecho y en Derecho en Ciencias Políticas en las Universidades Nacionales de Trujillo y Federico Villareal.

Beatriz May Ling Ramírez Huaroto, es abogada egresada de la PUCP, docente de Derecho Constitucional en la Escuela de Postgrado de la PUCP y egresada del Doctorado de Derecho de la PUCP. Es docente de la Facultad de Derecho en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, Universidad Femenina Sagrado Corazón y en la Academia de la Magistratura. Fue Defensora Universitaria en la Universidad Antonio Ruiz de Montoya y Consultora del Ministerio de Mujer.

El artículo 3 de la Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo señala que para que elegir al titular de esa importante institución se requiere el voto de los dos tercios del número legal de congresistas, lo que significa 87 votos de congresistas.

 

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