Gobierno declara en estado de emergencia la red vial nacional

pressadminabril 7, 20223min0
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Gobierno declara en estado de emergencia la red vial nacional

emergencia vial

Imagen: Andina

Por decreto supremo 035-2022-PCM, publicado hoy en el diario oficial, el gobierno del presidente Pedro Castillo, declaró por el término de treinta (30) días calendario, el Estado de Emergencia en la Red Vial Nacional. Sera la policía nacional la que mantendrá el control del orden interno, con el apoyo de las Fuerzas Armadas. Constitucionales durante el Estado de Emergencia quedando suspendidos los derechos constitucionales relativos a la libertad de tránsito en el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales, comprendidos en los incisos 11), 12) y 24) literal f) del artículo 2 de la Constitución Política del Perú.

El decreto señala que la  intervención de la Policía Nacional del Perú y de las Fuerzas Armadas se efectúa conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1186, Decreto Legislativo que regula el uso de la fuerza por parte de la Policía Nacional del Perú, y en el Decreto Legislativo N° 1095, Decreto Legislativo que establece reglas de empleo y uso de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2020-DE, respectivamente.

La norma administrativa publicada afirma que, el artículo 137 de la Carta Magna establece que el Presidente de la República, con acuerdo del Consejo de Ministros, puede decretar, por plazo determinado, en todo el territorio nacional, o en parte de él, y dando cuenta al Congreso o a la Comisión Permanente, los estados de excepción señalados en dicho artículo, entre los cuales se encuentra el Estado de Emergencia, en caso de perturbación de la paz o del orden interno, de catástrofe o de graves circunstancias que afecten la vida de la Nación, pudiendo restringirse o suspenderse el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad y la seguridad personales, la inviolabilidad de domicilio, y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio.

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