Proponen reforma constitucional para que universidades paguen impuestos

La congresista Noelia Herrera Medina del grupo parlamentario de Renovación Popular, presentó el proyecto de reforma constitucional por el cual plantea se modifique el artículo 19 de la Constitución para que las universidades privadas e institutos privados contribuyan tributariamente al desarrollo del país.
El proyecto señala concretamente, “Las universidades privadas y los institutos superiores privados que se constituyen conforme a la ley de la materia están afectas al pago de todo tributo, directo o indirecto, que generen sus bienes, actividades y servicios educativos considerando su funcionamiento tal cual opera una pequeña, mediana y gran empresa en nuestro país, cuyos montos y clasificación se encuentran en el código tributario señalado por ley”.
La propuesta de la congresista Herrera Medina, afirma que de acuerdo a la Constitución en el artículo 13 se menciona que la educación «tiene como finalidad e/desarrollo integral de la persona humana», en tanto que el artículo 19 determina que “las universidades, institutos superiores y demás centros educativos constituidos conforme a la legislación de la materia gozan de inafectación de todo impuesto directo e indirecto que afecte los bienes, actividades y servicios propios de su finalidad educativa y cultural”.
Sostiene también que en la Ley Universitaria N° 30220 en su artículo 117° regula la inafectación y exoneración tributaria de la universidad, la cual goza de inafectación de impuesto directo e indirecto que afecte los bienes, actividades y servicios propios de su finalidad educativa y cultural. El Decreto Supremo N° 006-2016-EF que aprueba normas reglamentarias de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, relativas al crédito tributario por reinversión, este decreto dispone que las personas jurídicas promotoras de universidades privadas que tengan fines lucrativos se constituyan bajo la forma societaria y en caso no tengan fines de lucro, bajo la forma asociativa; establece que las universidades privadas societarias que generan utilidades se sujetan al régimen de¡ impuesto a la renta, salvo que reinviertan dichas utilidades en la mejora de la calidad de educación que brindan (en infraestructura, equipamiento para fines educativos, investigación e innovación en ciencia y tecnología, capacitación y actualización de docentes, proyección social, apoyo al deporte de alta calificación y programas deportivos, así como en la concesión de becas), en cuyo caso pueden acceder a un crédito tributario por reinversión equivalente hasta el 30% del monto reinvertido.
En la fundamentación del proyecto de reforma constitucional, la congresista de Renovación Nacional afirma que, las instituciones educativas gozan de inafectación en los impuestos, configurando un régimen especial tributario y no es menos cierto que se ha evidenciado a lo largo de los años que la calidad brindada, en muchas ocasiones por los privados, no es aceptable, ni conducente a la finalidad formativa y de investigación. Incluso las instituciones educativas privadas que reinvierten sus utilidades tienen derecho a crédito equivalente al 30% de lo reinvertido y en informes de la SUNEDU, se tiene que las instituciones privadas han destinado estas reinversiones, principalmente a infraestructura, y no a investigación.
Ante esta realidad, la congresista señala que el derecho a la educación es de interés público, y por lo tanto con la presente propuesta se busca corregir la inafectación que gozan las instituciones educativas privadas. Pues, esta medida, desde la vigencia de la Constitución, en el año 1993, no ha evidenciado justificación. Por el contrario, con una mayor recaudación tributaria, el Estado podría financiar más y mejores políticas públicas educativas. Agrega que, de acuerdo al Informe N° 006-2018-SUNAT de fecha 28 de febrero del 2018, de las 92 universidades privadas que existen en el país, 28 se encuentran exoneradas o inafectas al pago de impuestos, significando que se dejaría de tributar S/. 1,925 millones, equivaliendo al 0,26% del PBI de dicho año, lo que es un monto considerable, al margen del monto dejado que han dejado de tributar si se tiene en el país un total de 790 institutos de los cuales 417 son privados.