Jueces y administrativos de Corte Superior desde el miércoles 03 desarrollaran trabajo presencial
33 jueces superiores, 195 jueces especializados y más de 1,800 trabajadores del personal jurisdiccional y administrativos de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, deberán retornar desde el miércoles 03 de marzo a efectuar trabajo presencial diario, considerando que tienen despacho privado que garantiza las medidas de bioseguridad establecidas; debiendo las Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia adoptar las medidas necesarias para dicho fin.
Así lo dispuso la resolución administrativa 000068-2022 del 28 de febrero del 2022 suscrita por la presidenta ejecutiva del Poder Judicial, Dra. Elvia Barrios, donde se da cuenta que los jueces y juezas que no cuenten con el esquema de vacunación completa de Covid-19, y/o que hayan sido evaluados por el profesional médico de la respectiva Corte, efectuarán trabajo remoto conforme a lo establecido en la Versión N° 4 del Reglamento “Trabajo Remoto en los Órganos Administrativos y Jurisdiccionales del Poder judicial”, aprobado mediante Resolución Administrativa N° 000408-2020-CE-PJ.
La resolución señala que las labores del personal jurisdiccional y administrativo se realizarán en forma presencial diaria, que se completará con trabajo remoto y para preservar el aforo correspondiente, se realizará en dos turnos, en el primer turno de 07:45 a 12:45 horas, complementándose con tres horas de trabajo remoto y el segundo turno de 13:30 a 18:30 horas, complementándose con tres horas trabajo remoto, siendo el trabajo presencial obligatoriamente como mínimo cinco horas
El citado horario de trabajo presencial excepcionalmente se podrá fijar en ocho horas diarias por la Presidencia del Poder Judicial y los/las Presidentes/as de las Cortes Superiores de Justicia, de acuerdo a la realidad y ubicación geográfica y garantizándose las condiciones de aforo y distanciamiento social; dando cuenta al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, sin perjuicio de adoptarse los mecanismos para el control adecuado del ingreso y salida del personal jurisdiccional y administrativo.
La resolución refiere que el personal jurisdiccional y administrativo que no cuenten con el esquema de vacunación completa Covid-19, y/o que hayan sido evaluados por el profesional médico de la respectiva Corte, efectuarán trabajo remoto en el horario de ocho horas diarias conforme a lo establecido en la Versión N° 4 del Reglamento “Trabajo Remoto en los Órganos Administrativos y Jurisdiccionales del Poder Judicial”, aprobado mediante Resolución Administrativa N° 000408-2020-CE-PJ.
Para el desarrollo del trabajo presencial se deberá considerar, las medidas que permitan mantener el distanciamiento físico de un metro y medio entre los asistentes, además del uso permanente de la mascarilla KN95 o, en su defecto, una mascarilla quirúrgica más una mascarilla comunitaria (tela); debiéndose adoptar las medidas necesarias para prevenir el contagio del COVID-19. Los/las servidores/as del Poder Judicial que realizan labores de resguardo, seguridad y vigilancia, prestarán dichos servicios en los horarios establecidos por su inmediato superior, y, con sujeción a jornadas acumulativas, siempre que las mismas no excederán de 48 horas semanales.
En los despachos judiciales tradicionales los/las jueces/zas podrán designar al personal a su cargo autorizado a retirar expedientes, y en los despachos judiciales corporativos tal responsabilidad será asumida por el administrador/a respectivo, en ambos casos bajo responsabilidad funcional. Para tal efecto, los/las jueces/zas o administradores/as, según corresponda, comunicarán a la Oficina de Administración o Gerencia de Corte la relación del personal autorizado, indicando los expedientes a retirar por cada trabajador/a, consignando el número, partes procesales, acompañados y folios; la cual será firmada y entregada bajo cargo al personal designado. La salida y retorno de los expedientes de las sedes judiciales según la relación, será verificada en las puertas de acceso por el personal de seguridad de la sede.
La resolución agrega que la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la República y de las Cortes Superiores de Justicia, establecerán las medidas sanitarias y de seguridad para efectos del retiro de expedientes, a fin de preservar la salud de jueces/zas y personal; especialmente de aquellos que se encuentran en condición de población vulnerable. La recepción de documentos se realizará mediante la Mesa de Partes Electrónica, para todas las especialidades o materias, pudiendo realizarse estos ingresos con documentos firmados digitalmente o con firma gráfica escaneada, excepto en las Cortes en la que está autorizado el uso de la Mesa de Partes Virtual Penal para la especialidad penal, conforme a las Resoluciones Administrativas Nros. 145-2020-CE-PJ, 170-2020-CE-PJ y 351-2020-CE-PJ.
Asimismo, la resolución señala que los Presidentes/as de las Salas de la Corte Suprema de Justicia de la República y los/las Presidentes/as de las Cortes Superiores de Justicia, deberán implementar las mesas de partes físicas necesarias, acorde al flujo de litigantes, en las cuales se recibirá la documentación de manera excepcional, cuando no sea posible su recepción en forma virtual; a la que se accede mediante el aplicativo de Citas Electrónicas para Mesas de Partes.