Promulgan ley que crea Colegio de Historiadores del Perú

Hugo Amanque Chaiñaenero 18, 20223min0
Hugo Amanque Chaiñaenero 18, 20223min0

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Promulgan ley que crea Colegio de Historiadores del Perú

basadre

Imagen: Andina

El presidente, Pedro Castillo, promulgó la Ley 31393 aprobada por el Congreso y publicada en el diario oficial que crea el Colegio de Historiadores del Perú que tiene cuatro artículos donde se señala que es una institución autónoma con personería jurídica de derecho público interno, plural, descentralizada y representativa de los profesionales de Historia, en todos los aspectos concernientes a la investigación y la difusión de la historia en beneficio de la ciudadanía.

La norma legal precisa que la colegiatura es voluntaria para el ejercicio de la profesión de historiador y para ser miembro del Colegio Profesional de Historiadores del Perú se requiere haber obtenido título profesional de licenciado en Historia, expedido por las universidades del país o revalidado, conforme a ley, si el título ha sido otorgado por universidad extranjera. La colegiatura no es excluyente para concursar a una plaza laboral o brindar un servicio relacionado con la actividad de investigación en Historia.

Se precisa que el estatuto establecerá los fines, objetivos, funciones, órganos de gobierno, atribuciones de los órganos de gobierno, rentas, bienes, requisitos para la conformación de los consejos departamentales, y todo aquello que permita el adecuado y correcto funcionamiento y el primer consejo nacional electo elaborará el Código de Ética y Deontología Profesional del Colegio de Historiadores del Perú.

Entre las disposiciones complementarias de la nueva ley, se afirma que se reconoce el 12 de febrero de cada año como el Día del Historiador Peruano, en homenaje al nacimiento del ilustre historiador peruano Jorge Basadre Grohman y se crea una comisión organizadora encargada de elaborar el estatuto del colegio profesional, convocar a elecciones y conducir su realización, e instalar la primera directiva del colegio profesional. La comisión organizadora a que se refiere la disposición anterior está conformada por los directores de las escuelas profesionales de Historia de las universidades del país y un representante de los licenciados en Historia. El representante de los licenciados será elegido entre los representantes de cada región del Perú que cuente con una escuela profesional universitaria de Historia, teniendo un plazo de noventa (90) días calendario para el cumplimiento de sus funciones.

Hugo Amanque Chaiña


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