Mediante reforma pretenden convertir al INDECOPI como organismo constitucional autónomo

Hugo Amanque Chaiñaseptiembre 15, 20214min0
Hugo Amanque Chaiñaseptiembre 15, 20214min0

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Mediante reforma pretenden convertir al INDECOPI como organismo constitucional autónomo

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Imagen: Andina

La congresista Adriana Tudela del grupo parlamentaria Avanza País, presentó el 14 de septiembre el proyecto de reforma constitucional que pretende declarar al INDECOPI como organismo constitucional autónomo en la Constitución Política. En proyecto señala que debe incorporarse el artículo 65-A en la Constitución con el siguiente texto: El INDECOPI es una persona jurídica de derecho público que goza de autonomía e independencia en el marco de su ley orgánica. Son sus funciones: 1.- proteger la libre iniciativa privada y la libertad de la empresa, 2.- defender la libre y leal competencia, 3.- proteger los derechos de los consumidores, 4.- proteger los derechos de la propiedad intelectual, 5.- realizar el control previo de operaciones de concentración empresarial, 6.- las demás funciones que señale su ley orgánica.

El consejo directivo del INDECOPI está conformado por 5 miembros, miembros titulares y suplentes, seleccionados mediante concurso público de méritos por un periodo de 5 años. Está prohibida la reelección inmediata. El concurso publico de méritos estará a cargo de un Comité Evaluador, conformado por: El defensor del pueblo, el presidente del congreso, el presidente del consejo de ministros, el presidente del BCR y el contralor de la república. La selección de sus integrantes se realiza de acuerdo al procedimiento y requisitos regulados en su ley orgánica. El Congreso de la Republica remueve con el voto de dos tercios del numero legal de sus miembros a los integrantes del Consejo Directivo por falta grave establecida en su ley orgánica.

En la exposición de motivos de la reforma constitucional, la congresista Tudela, señala que hay una falta de autonomía real del INDECOPI al encontrarse adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros lo que pone el riesgo su rol de garante de derechos constitucional reconocidos entre ellas eliminar las barreras burocráticas ilegales o carentes de razonabilidad impuestas por el poder ejecutivo. Agrega que la actual composición del Consejo Directivo del INDECOPI es nombrado por el poder ejecutivo politizando el liderazgo del INDECOPI volviéndolo una extensión del gobierno.

En tal razón, la congresista de Avanza País, sostiene que su propuesta de reforma es dotar al INDECOPI de real autonomía constitucional modificando el artículo 65-A de la Constitución que dispondrá la naturaleza constitucional de la institución dotándolo de carácter autónomo, meritocráticos y democrático, pudiendo ejercer la protección de derechos constitucionales como la protección del consumidor, la libertad de empresa, la libre competencia, la libre iniciativa privada y la protección intelectual sin injerencia política del gobierno nacional lo que generaría predictibilidad y seguridad jurídica incentivando el correcto funcionamiento del mercado.

La parlamentaria agrega que su propuesta de reforma constitucional cumple con los criterios requeridos para ser considerado como organismo constitucional autónomo según la sentencia del Tribunal Constitucional, expediente 029-2008-PI/TC, que señala que deben tener necesidad, inmediatez y posición de paridad e independencia respecto de otros órganos constitucionales. Refiere asimismo que, en el derecho comparado, en Estados Unidos Mexicanos existe la Comisión Federal de Competencia Económica en el artículo 28 de su Constitución Política, y en Chile existe la Fiscalía Nacional Económica y el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia como órgano jurisdiccional especial.

Hugo Amanque Chaiña


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