Oposición presentó interpelación con 7 preguntas contra ministro de trabajo Maravi
El miércoles 01 de septiembre las bancadas parlamentarias de Renovación Popular, Avanza País y Fuerza Popular, presentaron ante el Congreso Nacional una moción de interpelación de 7 preguntas, suscrito por el congresista Jorge Montoya, contra el ministro de trabajo, Iber Maravi, la que deberá ser aprobada o desestimada por el Pleno del Congreso en la próxima sesión ordinaria. Entre los considerandos de la moción de interpelación, los congresistas opositores, señalan que Maravi según los medios de comunicación tendría vinculaciones con Sendero Luminoso, CONARE SUTEP y el MODAVEF, y que esas vinculaciones datan de 1980 y 1981 y que habrían participado con Edith Lagos en atentados terroristas en Ayacucho.
Agregan que el 3 de abril de 1983 su suegro habría participado en la matanza de Lucanamarca u en que habría participado como autores en el ataque al Hotel de Turistas de Ayacucho y contra un vehículo del Banco de la Nación, cuyo atestado policial consta donde Maravi figura como no habido, y que también estaría incluido en un atestado policial del año 2004 en el que se le denuncia por delito de terrorismo en una protesta magisterial cuando fue dirigente magisterial en la ciudad de Huamanga. Indican que Maravi en todo momento negó pertenecer al CONARE o MODAVEF pese a que el 16 de septiembre se reunió con dirigentes del MODAVEF por lo que estos hechos son de suma gravedad para la seguridad y orden interno lo que demanda del Congreso el inmediato ejercicio de sus atribuciones de control político en resguardo de la Constitución, la ley y el orden público.
El pliego interpelatorio que respondería el ministro Maravi sería el siguiente siempre y cuando el Pleno del Congreso apruebe por mayoría la moción de censura presentada por la extrema derecha del parlamento nacional.
1.- Para que aclare sus relaciones con el SUTEP-CONARE, el ala más radical del magisterio que tendría vínculos con organizaciones subversivas como el MODAVEF.
2.- Para que aclare sus relaciones con los terroristas Arturo Morote, Hildebrando Pérez y Edith Lagos y su participación en actos delictivos según el atestado policial 12-SE que consigna hechos comprendidos desde junio 1980 a mayo 1981 en Ayacucho.
3.- Para que aclare sobre los hechos ocurridos entre junio 1980 y octubre 1981 de acuerdo con el atestado policial 001-SE del 5 de febrero de 1982 que incluyen la comisión de presunto delito de homicidio y lesiones graves con arma de fuego.
4.- Para que aclare en qué circunstancias se le sentenció a 4 años de prisión suspendida en el año 2009 por disturbios contra la propiedad del Estado y daño agravado que corresponden a actos vandálicos contra la dirección regional de educación de Ayacucho y establecimientos particulares sucedidos el año 2004.
5.- Para que aclare si es cierto que en algún momento ha actuado como Secretario de Juventudes o tuvo cargo dirigencial en el MODAVEF.
6.- ¿Cuál fue su participación en la protesta magisterial del 2004 en Huamanga-Ayacucho donde según informes periodísticos y atestados policiales habría actuado como instigador y generado zozobra?
7.- ¿Para que aclare cuál su vínculo con el Sr. Hildebrando Pérez, uno de los perpetradores de la masacre de Lucanamarca que acabo con la vida de 70 campesinos?
El reglamento del Congreso respecto a los procesos de interpelación, señala en el artículo 83 lo siguiente:
Interpelación de los miembros del Consejo de Ministros Artículo 83. El procedimiento de interpelación al Consejo de Ministros en pleno o a cualquiera de los ministros se desarrolla de acuerdo con las siguientes reglas:
a) El pedido de interpelación se formula mediante moción de orden del día, firmada por no menos de quince por ciento del número legal de Congresistas y acompañada del respectivo pliego interpelatorio. Tiene preferencia en el Orden del Día y es vista antes que cualquier otra moción pendiente en la agenda, b) Para la admisión de la moción de interpelación se requiere el voto de por lo menos el tercio de Congresistas hábiles. La votación se efectúa indefectiblemente en la siguiente sesión a aquella en que se dio cuenta de la moción, c) El Pleno del Congreso acuerda día y hora para que los Ministros contesten la interpelación, lo que les será comunicado con anticipación, acompañando el pliego respectivo. La interpelación no puede realizarse, en ningún caso, antes del tercer día siguiente a la votación ni después del décimo. Si fuera necesario se cita, para este efecto, a una sesión especial.