Congreso aprobó ley de creación de veedurías ciudadanas y ley nacional del cáncer

Hugo Amanque Chaiñajulio 3, 20218min0
Hugo Amanque Chaiñajulio 3, 20218min0

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Congreso aprobó ley de creación de veedurías ciudadanas y ley nacional del cáncer

legisladores peruanos

El Congreso Nacional con el objetivo de fortalecer los mecanismos de control de parte de la ciudadanía en los procesos de adquisiciones de servicios y bienes del Estado, aprobó, en primera votación crear las veedurías ciudadanas en los procesos de contrataciones estatales y de inversión pública.

Fue el congresista, Héctor Maquera Chávez (UPP), presidente de la Comisión de Fiscalización, quien sustentó el proyecto en mención, y precisó algunos artículos en su texto sustitutorio, refiriendo que el objetivo de la presente iniciativa de ley tiene como finalidad garantizar la transparencia en el uso de los fondos públicos, con la participación de la ciudadanía organizada en el marco de la presente norma.

Dentro de las funciones de las veedurías, se señaló que estas buscan observar el proceso de licitación, buena pro, ejecución, propuestas técnicas y financieras de los postores, así como el cumplimiento de los trabajos y la calidad técnica de lo realizado. También, prevé impedimentos y prohibiciones para este caso en la composición de las veedurías para evitar su distorsión y posible parcialidad en este proceso.

El proyecto de ley aprobado, afirma que los veedores ciudadanos están prohibidos de retrasar, impedir o suspender los programas, proyectos o contratos objeto de la veeduría y prevé la labor de los informes bimestrales de forma obligatoria y dirigida a la Contraloría General, a través de sus respectivas oficinas de control institucional, así como también los aspectos relacionados a la colaboración y coordinación con las autoridades, entre otros lineamientos de trabajo para este caso.

Maquera sostuvo que los ciudadanos puede constituir veedurías ciudadanas mediante un acta de constitución que debe contener los datos completos de sus integrantes, el objeto de la vigilancia, la jurisdicción o el lugar de residencia y el acta de constitución debe ponerse en conocimiento de la Contraloría General de la República, quien llevará un registro de veedurías ciudadanas con carácter constitutivo, entre otros aspectos que regulan este proceso social y ciudadano de control institucional, agrego el legislador.

Aprueban Ley Nacional del Cáncer

Asimismo, con 101 votos a favor y 1 abstención, el proyecto de ley que propone la Ley Nacional del Cáncer. Seguidamente, fue exonerado del trámite de la segunda votación con 99 votos, tras lo cual será enviado al Poder Ejecutivo para su eventual promulgación.

El proyecto de ley fue sustentado por el congresista Omar Merino López (APP), presidente de la Comisión de Salud y Población, quien subrayó que el cáncer es una de las principales causas de muerte a nivel mundial. Sostuvo que, según el Boletín Epidemiológico del Perú, emitido por el Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades del Ministerio de Salud, en el país cada año se diagnostican anualmente más de 66 mil casos nuevos de cáncer y se estima que fallecen más de 32 mil personas por esta enfermedad.

Merino, indicó que la citada publicación señaló que desde el 2015 y, por primera vez, el cáncer representa la primera causa de muerte en el país, ya que ha ocasionado 130 defunciones por cada cien mil habitantes. Agregó que desde el 2014 al 2018 se registraron a nivel nacional 41, 208 casos nuevos de cáncer identificados en 62 establecimientos de salud.

El objetivo del proyecto de ley tiene como fin garantizar a toda la población una cobertura universal, gratuita y prioritaria a los servicios de salud cuando tienen algún diagnóstico confirmado de cáncer, sin importar el tipo que se haya diagnosticado, toda vez que, como se ha señalado líneas arriba, existen muchos tipos y todos ellos merecen especial atención.

La norma establece que el Estado debe de garantizar el acceso y la cobertura oncológica integral, que deberá incluir, entre otros aspectos, los servicios de prevención, promoción, control y atención oncológica en cualquiera de sus distintas manifestaciones, formas que hubiera o tengan distintas denominaciones. El proyecto obliga al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Salud, que es la entidad rectora en materia de salud del país, formule, implemente y evalúe la Política Nacional de Lucha contra el Cáncer.

Será el MINSA quien establecerá los principales lineamientos, los objetivos como país, los indicadores especializados y los estándares mínimos de cumplimiento que posibiliten una atención integral oncológica, considerando como ejes vitales, según previo análisis, la promoción de la salud, la prevención, el diagnóstico oportuno, el tratamiento, la rehabilitación, los cuidados paliativos e investigación del cáncer, entre otros aspectos, sostuvo el legislador Merino.

Agregó que en caso la persona no cuente o no se encuentre afiliada al seguro social o un seguro privado o también cuando la cobertura o las capas de su seguro sean insuficientes, el paciente deberá ser afiliado de manera inmediata y diligente al Seguro Integral de Salud, a fin de salvaguardar su derecho fundamental a la salud.

El proyecto de ley aprobado, faculta al Ministerio de Salud, a través del órgano competente a utilizar mecanismos diferenciados de adquisición para aquellos productos farmacéuticos, dispositivos médicos y servicios sanitarios que sean necesarios para el tratamiento de las enfermedades oncológicas, previo sustento técnico que demuestre su eficacia de gasto frente al uso de los modelos convencionales disponible

Se propone que se declare de interés nacional la compra centralizada de recursos estratégicos para la prevención y control del cáncer del subsector público, a través del Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud (Cenares) y se autoriza al Ministerio de Salud, de acuerdo con la disponibilidad presupuestaria de su sector, la renovación tecnológica del equipamiento biomédico y la ampliación y mejoramiento de la infraestructura hospitalaria oncológica a nivel nacional, en concordancia con la normatividad vigente.

Hugo Amanque Chaiña


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