Ana Guillén solicita a presidenta del Congreso que no juramente a Jesús Arias Caceres

Hugo Amanque Chaiñamayo 6, 20214min0
Hugo Amanque Chaiñamayo 6, 20214min0

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Ana Guillén solicita a presidenta del Congreso que no juramente a Jesús Arias Caceres

la legislativa

La periodista Ana Guillén Pérez a través de su abogada, Mirtha Rojas Bueno, presentó una petición escrita a la presidenta del Congreso Nacional, Mirtha Vásquez, donde solicita “que no se juramente al accesitario del congresista, Edgar Alarcón Tejada, Sr. Héctor Jesús Arias Cáceres, quien tiene una condena por delito doloso, sentencia consentida que recae en el expediente 02631-2014-6-0401-JR-PR-03, del Juzgado Unipersonal de Arequipa”. En la fundamentación jurídica de la abogada de Guillén, sostiene que el JNE debió verificar que el ciudadano Héctor Arias Cáceres tiene una sentencia judicial firme por delito doloso, omisión que no declaró en su hoja de vida en la postulación al Congreso el año 2020, por lo que no le corresponde asumir como accesitario del congresista suspendido en sus funciones, correspondiéndole el cargo de accesitario de Alarcón Valencia a la Licenciada, Ana Guillén Perez.

La periodista Guillén afirmó a nuestro portal digital que la presidenta del Congreso no le ha respondido a la carta remitida días atrás, por lo que espera una respuesta formal para actuar dentro del marco legal vigente para defender sus derechos. El 23 de abril del 2021, la Secretaria General del JNE, Lourdes Vargas Huamán, remitió un oficio a Julio Peralta Arana, representante de Guillén, que, en la argumentación sustancial, reconoce que Arias Caceres omitió consignar en su declaración jurada de hoja de vida un proceso judicial por delito doloso por lo que correspondería declararse su exclusión y convocarse al siguiente ciudadano, pero también cualquier ciudadano podía formular tacha en los plazos determinados o ser desestimada, el candidato era inscrito, no obstante el órgano electoral tenía facultad para disponer la exclusión de estos en caso de advertir determinada omisión de información en su hoja de vida cuya fecha límite fue el 27 de diciembre del 2019, por lo que el JNE, carece de facultades para disponer la exclusión de aquel candidato que luego de realizarse las elecciones, obtuvo la condición de congresista accesitario.

Es decir, el JNE, reconoce que el Jurado Electoral de Arequipa el 2019 no cumplió su función, pero ahora argumenta que no puede hacer nada.  Ana Guillen el 04 de mayo presentó ante la Fiscalía de la Nación la denuncia penal contra el presidente del Jurado Nacional de Elecciones, Dr. Jorge Salas Arenas, por el delito de omisión de funciones previsto en el artículo 377 del Código Penal que sanciona al funcionario público que “ilegalmente omite, rehúsa o retarda algún acto de su cargo, será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de dos años y contra treinta a sesenta días multa”.

En la sustentación de la denuncia penal, Guillén afirma que Héctor Arias Cáceres tiene una sentencia por usurpación agravada consentida, sentencia que se hizo de conocimiento del JNE el 18 de abril del 2021 por parte del ciudadano Julio Peralta, quien obtuvo una respuesta nada satisfactoria. Por lo tanto, la afectada argumenta que el JNE debió retirar la inscripción de Arias por cuanto ya existía una sentencia condenatoria, por lo que el presidente del JNE cometió el delito de omisión de funciones ya que es competencia del organismo electoral verificar toda información que corresponde a cada candidato en elecciones nacionales.

Hugo Amanque Chaiña


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