Aprueban nuevo reglamento del Consejo de Coordinación Intergubernamental
El gobierno publicó en el diario oficial el decreto supremo 050-2021-PCM, la aprobación del nuevo reglamento del Consejo de Coordinación Intergubernamental que tiene 4 capítulos, 28 artículos y 3 disposiciones complementarias finales. El nuevo reglamento tiene por objeto establecer la naturaleza jurídica, estructura organizacional, funciones y funcionamiento del Consejo de Coordinación Intergubernamental. Como se recuerda El CCI es un órgano de articulación y coordinación entre los tres niveles de gobierno, en materia de descentralización, presidido por la Presidencia del Consejo de Ministros y está conformado por representantes del Gobierno Nacional, de los Gobiernos Regionales y de los Gobiernos Locales, según lo establecido en el presente Reglamento.
La finalidad es consensuar una visión compartida de Estado Unitario y Descentralizado, conforme a la Constitución Política del Perú y la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización y fortalecer la gobernanza, conducción, implementación y seguimiento del proceso de descentralización, en tanto política transversal y permanente del Estado y coadyuvar al desarrollo territorial en el marco del proceso de descentralización, facilitando y garantizando el alineamiento de políticas, objetivos, orientaciones, prioridades y recursos en los territorios; en la perspectiva de construir, gestionar y monitorear agendas de desarrollo territorial, que incluyan planes de implementación de políticas territoriales y programas de inversión anual y multianual, siendo la sede la ciudad de Lima.
El Comité Directivo del CCI está integrado por los representantes del Consejo de Ministros, quien lo preside y 5 Ministros/as acreditados/as por el/la Presidente/a del Consejo de Ministros, el Presidente/a de la Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales (ANGR), el Vicepresidente/a de la ANGR, el Presidente/a de la Asociación de Municipalidades del Perú (AMPE), el Presidente/a de la Red de Municipalidades Urbanas y Rurales del Perú (REMURPE) ,La Alcaldesa acreditada por la Red Nacional de Mujeres Autoridades (RENAMA).
El Comité Directivo del CCI sesiona de manera presencial o por medios digitales de forma ordinaria cada tres (3) meses, y de forma extraordinaria cuando sea convocado por su Presidente. Las sesiones son convocadas con una anticipación no menor a diez (10) días hábiles en el caso de sesiones ordinarias, y no menor a (2) días hábiles en el caso de sesiones extraordinarias, adjuntando, en ambos casos, la agenda, el acta de la sesión anterior, y la documentación correspondiente.
Las instancias operativas del CCI son: a. GORE Ejecutivo; b. MUNI Ejecutivo; y, c. Otros encuentros intergubernamentales (Mancomunidades Municipales, y Regionales; Encuentro de alcaldesas, etc.).