Biólogos exigen inclusión en la Ley 31125 que los excluyó del Sistema Nacional de Salud

Hugo Amanque Chaiñafebrero 25, 20215min0
Hugo Amanque Chaiñafebrero 25, 20215min0

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Biólogos exigen inclusión en la Ley 31125 que los excluyó del Sistema Nacional de Salud

julio bernabe

En carta notarial dirigida a la presidenta del Congreso, Mirtha Vásquez, el Decano del Colegio de Biólogos de Arequipa, solicitó la inclusión de los profesionales biólogos en la Ley 31125 que aprobó el Congreso Nacional por el cual se declaró en emergencia el Sistema Nacional de Salud en vista que en dicha norma legal se les excluyó, lo que constituye una norma discriminatoria que viola la Constitución, perjudicando a miles de profesionales de dicha especialidad que laboran en el sector salud.

El Decano, Dr. Julio Bernabé Ortiz, precisó que el 19 de febrero del 2021 se publicó la Ley 31125 que declaró en emergencia el Sistema Nacional de Salud con la finalidad de revertir la aguda crisis en los establecimientos del sector salud en los tres niveles de gobierno. En dicha norma legal en el artículo 5.3 se obliga al MINSA y ESSALUD a modificar sus MOF y PAP e incorporar progresivamente a nuevo personal asistencial para el periodo 2020-2024 para cubrir el déficit de médicos especialistas, odontólogos, obstetras, enfermeras, tecnólogos médicos, técnicos y auxiliares de enfermería, aprobado por el MINSA.

La nueva Ley 31125 no respeta el artículo 6 de la Ley 23536 aprobada por el mismo Congreso que regula el trabajo de todos los profesionales de la salud incluidos los biólogos, pero tampoco se respeta la Ley 28847 Ley del Trabajo del Biólogo que en el artículo 3 literal h, afirma que los biólogos tienen dentro de su ámbito de profesión la conducción y administración de análisis biológicos, ambientales, control de calidad y bioseguridad, la misma que puede ser hospitalaria. Asimismo, en dicha norma legal en su artículo 7 en los literales i) y j) refiere también que los biólogos en el Área de Salud, pueden ejercer las funciones, estudios y análisis biofísicos, bioquímicos, cito morfológicos e inmunobiologico de muestras, así como, estudios epidemiológicos relacionados con la salud, higiene y calidad ambiental.

El decano recordó que la norma administrativa que ampara el trabajo Profesional de los Biólogos  está reconocida en el Resolución Ministerial 176-2014/MINSA que aprobó la Guía Técnica para la Metodología de Cálculo de Brechas de Recursos Humanos en salud para los Servicios Asistenciales del Primer Nivel de Atención,  que en el numeral 5.1.13, refiere que las prestaciones de salud que se otorgan de manera individual  a los población usuaria con fines preventivos, diagnósticos y/o terapéuticos, es realizada por el personal asistencial de los establecimientos de salud que incluye al grupo ocupacional de los biólogos, pero también en el numeral 5.1.16, se establece  que los biólogos pueden además realizar funciones asistenciales y administrativas.

Ante esta situación, el Dr. Julio Bernabé, demandó a la presidenta del Congreso, la inclusión de los biólogos en la Ley 31125 del cual fueron excluidos injustamente, de lo contrario anunció que harán respetar los derechos adquiridos ya que la decisión del parlamento constituye una discriminación que viola la Constitución, por lo que de ser necesario interpondrán una acción de inconstitucionalidad, o acciones judiciales contempladas en el Código Civil y Penal, en defensa de su orden profesional. Finalmente precisó que más de 300 biólogos de Arequipa se verían perjudicados con la Ley 31125 ya que no podrían postular a nuevos puestos de trabajo a través de CAS y no se beneficiarían del seguro de vida que contempla la nueva norma legal, por lo que le solicitó a la presidenta del Congreso, efectué las gestiones urgentes para modificar la Ley 31125 e incorporar en dicha norma legal a los Profesionales Biólogos

 

Hugo Amanque Chaiña


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