Contadores Públicos sostienen que decreto que obliga a reportar a SUNAT sumas superiores a 10 mil soles es inconstitucional
De inconstitucional e ilegal considera el Colegio de Contadores Públicos de Arequipa el decreto supremo 430-2020 que aprobó el gobierno nacional ya que dicha norma reglamentaria viola el secreto bancario que garantiza la Constitución, por lo que, si la intención era combatir la evasión y elusión tributaria, debió ser aprobado en una ley, por lo que también se transgredió el principio de legalidad de nuestro ordenamiento jurídico vigente en el país.
El Colegio de Contadores Públicos agrega que el monto determinado de 10 mil soles fijado para que el sistema financiero reporte a la SUNAT, es manifiestamente inmaterial, ya que manejar saldos mensuales ascendentes a dicha cifra es usual entre las personas naturales los que en su mayoría se encuentran sustentados, por lo que el monto referencial debió ascender a cifras con mayor relevancia en las personas naturales.
En el pronunciamiento, advierten que el cuestionado decreto, originará un efecto adverso entre los contribuyentes quienes podrían efectuar transacciones sin la debida bancarización ante el temor de control de la SUNAT y los obligue a pagar impuestos que no les corresponde. Solicitan por tanto al poder ejecutivo y poder legislativo reevaluar dicha norma aprobada ya que atenta contra el Estado de Derecho y puede resultar adverso a los fines buscados por el gobierno nacional por lo que se incrementaría la informalidad decreciendo la base tributaria en el país, especialmente de las personas naturales.