¿Cuáles son los derechos y deberes de los estudiantes universitarios peruanos?
A diciembre del 2019, el ex Superintendente de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU), Dr. Martin Benavides, informó al país que 91 universidades peruanas habían logrado el licenciamiento institucional por lo que alrededor de 950 mil estudiantes universitarios reciben las condiciones básicas de calidad que exige la ley universitaria 30220. La esencia de la universidad peruana sin duda que son los estudiantes universitarios y en la actual ley universitaria 30220, en el Capitulo IX y en 8 artículos, se aborda todo lo referente a los estudiantes, los que resumimos a continuación ya que muchos de ellos no lo conocen o no le dan importancia a sus derechos ni deberes universitarios.
El artículo 100, precisa los derechos de los estudiantes: a) recibir formación académica de calidad, b) gratuidad de enseñanza en universidad pública, c) participar en proceso de evaluación a docentes, d) expresar libremente sus ideas, e) participar en el gobierno y fiscalización universitaria, e) ejercer el derecho de asociación para fines universitarios, f) acceder en universidades privadas a escalas de pago diferenciado, g) contar con ambientes, instalaciones, mobiliario y equipos accesibles, h) ingresar libremente a instalaciones académicas, j) utilizar los servicios académicos y de bienestar universitario, k) solicitar reserva de matricula por razones de trabajo, l) gratuidad de enseñanza en una sola carrera en universidades públicas, m) asesoramiento gratuito en elaboración de tesis a los alumnos, n) los demás que disponga el estatuto de las universidades.
El artículo 99 de la ley universitaria se refiere a los deberes de los estudiantes universitarios. Entre ellos, a) respetar la Constitución y legislación vigente, b) aprobar las materias correspondientes al periodo lectivo, c) cumplir con la ley universitaria y normas internas de la universidad, d) respetar los derechos de los miembros de la comunidad universitaria y el principio de autoridad, e) respetar la autonomía universitaria y la inviolabilidad de las instalaciones universitarias, f) usar las instalaciones universitarias exclusivamente para fines académicos, g) respetar la democracia, practicar la tolerancia, cuidar los bienes de la institución y rechazar la violencia, h) matricularse en mínimo 12 créditos por semestre, j) los demás que disponga el universidad el estatuto de cada universidad.
Entre tanto, el artículo 97 considera a los estudiantes universitarios de pregrado quienes concluidos sus estudios secundarios, aprueban el proceso de admisión alcanzando una vacante y se matriculan en ella, mientras que el artículo 98 se refiere al proceso de admisión mediante el concurso público, previa definición de plazas donde las universidades determinan el número de vacantes referidas a titulados o graduados, quienes aprobaron cuatro semestres académicos, los dos primeros puestos, deportistas destacados, becados de programas deportivos de alta competencia y personas con discapacidad.
Por su parte el artículo 101 se refiere a las sanciones cuando los estudiantes incumplen deberes, siendo sancionados con amonestación escrita, separación hasta por dos semestres académicos y separación definitiva según la gravedad de cada caso. El artículo 102 aborda al rendimiento académico y la desaprobación de una misma materia por tres veces da lugar a que el estudiante sea separado temporalmente por un año de la universidad, en tanto que el artículo 103 indica los requisitos para ser representante estudiantil, los que deben estar matriculados, pertenecer al tercio superior de rendimiento académico, contar con 36 créditos aprobados y no tener sentencia judicial condenatoria. El artículo 104 señala la incompatibilidad de los representantes de los estudiantes en los órganos de gobierno quienes están impedidos de tener cargo rentado durante su mandato y no podrán aceptar individualmente o a través de familiares subvenciones o donaciones de promotores o autoridades universitarias.