Alcalde de Lima Porky Aliaga dejó deuda de 5,045 millones de soles que perjudicara próximas gestiones afirma Consejo Fiscal

El Consejo Fiscal (CF), recordó que, desde 2017, la Municipalidad de Lima Metropolitana (MML) que dirigió el alcalde, Rafael Lopez, presenta niveles de SDT superiores a sus ingresos corrientes promedio; es decir, por encima del límite prudencial de la regla fiscal establecida en el MRTF-SN.23
No obstante, la MML continúa exceptuada del cumplimiento de las reglas fiscales subnacionales por contar con dos calificaciones crediticias vigentes iguales o superiores a “A”. Como resultado, no se encuentra sujeta a las reglas fiscales, a las medidas correctivas del MRTF-SN ni a las restricciones de endeudamiento aplicables al resto de gobiernos subnacionales.
El CF considera que la MML mantiene un nivel de endeudamiento que supera su capacidad de generación de ingresos propios. Tras culminar en 2025 su programa de emisión de bonos por S/ 4 mil millones, el SDT de la MML alcanzó un máximo histórico de S/ 5 045 millones, equivalente al 347,6% de sus ingresos corrientes promedio; es decir, cerca de 3,5 veces el límite previsto por la regla del SDT.
Frente a este escenario, el CF advierte que una proporción significativa de los ingresos futuros de la MML está comprometida en un fideicomiso destinado al pago del servicio de la deuda contraída.
Considerando que estos recursos actualmente financian sus gastos corrientes y de capital, su utilización para el servicio de deuda reduce el margen de las futuras gestiones municipales para sostener el gasto no financiero para la provisión de servicios e infraestructura para la ciudadanía.
Cuando el servicio de la deuda empiece a incluir la amortización del principal, entre 2028 y 2035, este superaría los S/ 500 millones anuales, monto superior al gasto total promedio en inversión pública de la MML. A las crecientes demandas de recursos por servicio de la deuda financiera se suma la exposición de la MML a pasivos firmes y contingentes derivados de sentencias judiciales y laudos arbitrales.
En este contexto el CF considera necesario que la MML, con participación del MEF en el marco de sus competencias, transparente la evolución y el tratamiento contable de estos pasivos firmes y contingentes, evaluando su posible efecto sobre la capacidad financiera de la MML para atender tales obligaciones.
Adicionalmente, el programa de bonos ya genera un costo financiero neto mientras la ejecución de la cartera de proyectos aún es limitada. En 2025, la MML pagó S/ 276 millones por intereses de la deuda y recibió solamente S/ 124 millones por intereses de depósitos de los desembolsos aún no ejecutados, por lo que el costo financiero neto ascendió a S/ 152 millones.
El CF reitera que la emisión directa de bonos de la MML con una tasa superior a la que hubiera podido obtener si hubiese contado con el aval del Estado peruano y la falta de planificación sobre proyectos a financiar con esos recursos están generando un importante sobrecosto financiero a la MML. Si el ritmo de ejecución no se acelera, la siguiente administración municipal seguirá asumiendo el costo del financiamiento antes de que las inversiones financiadas generen los servicios que motivaron el endeudamiento.
Los ingresos adicionales aprobados para la MML reducen los flujos negativos proyectados, pero no revierten las presiones asociadas al servicio de la deuda. Cabe resaltar que la transferencia del 3% del IGV recaudado en el Centro de Lima y el incremento gradual del FONCOMUN fueron aprobados por el Congreso luego de iniciada la ejecución del programa de bonos de la MML.
Según estimaciones de la DEM-STCF, aun considerando ambos ingresos, la municipalidad registraría flujos netos negativos entre 2027 y 2035, por un monto acumulado de S/ 2 609 millones. Sin estas transferencias adicionales, los flujos negativos se habrían mantenido hasta 2045.
Estos resultados muestran que dichos recursos alivian la caja de la MML, pero no eliminan el descalce entre su capacidad de generar excedentes y el servicio de deuda. Además, esta mejora no proviene de un mayor esfuerzo de recaudación propia de la municipalidad, sino de recursos tributarios asignados por ley a favor de la MML, lo que reduce los recursos disponibles del Gobierno Nacional para atender otras obligaciones.
Asimismo, el CF reitera que resulta inadecuado establecer excepciones al cumplimiento de las reglas fiscales subnacionales sobre la base de calificaciones crediticias. Estas calificaciones evalúan principalmente el riesgo de impago de la deuda financiera, pero no necesariamente todos los pasivos relevantes para la sostenibilidad fiscal de la entidad. Además, pueden incorporar un eventual respaldo del Gobierno Nacional y muestran diferencias significativas entre agencias, como se observa en el caso de la MML.
Finalmente, el CF recuerda que la capacidad de pago de la deuda financiera no equivale necesariamente a sostenibilidad fiscal. Las reglas fiscales buscan que los gobiernos locales honren sus obligaciones sin recurrir a rescates del gobierno nacional y mantengan condiciones para proveer servicios públicos a largo plazo. Por ello, una calificación favorable no garantiza, por sí sola, que la entidad mantenga una posición fiscal sostenible.
En el caso de la MML, esta diferencia es relevante porque evidencia que la excepción basada en calificaciones locales puede no reflejar plenamente los riesgos fiscales asociados a su endeudamiento. Si bien dichas calificaciones permiten evaluar la capacidad de pago de la deuda financiera, no sustituyen una evaluación de sostenibilidad fiscal, especialmente cuando una parte importante de los ingresos futuros está ahora comprometida con el servicio de la deuda.
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