MINEDU constituye Comisión Organizadora de Universidad Nacional Autónoma de Camaná de Arequipa

Hugo Amanque Chaiñamayo 27, 20267min0
Hugo Amanque Chaiñamayo 27, 20267min0

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MINEDU constituye Comisión Organizadora de Universidad Nacional Autónoma de Camaná de Arequipa

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El Ministerio de Educación mediante Resolución Viceministerial 095-2026.MINEDU, publicado en el diario oficial el miércoles 27 de mayo del 2026, suscrito por el viceministro de gestión pedagógica, Gerbert Pérez Postigo, constituyó la primera Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Autónoma de Camaná, la misma que estará integrada por los siguientes docentes universitarios.

Dr. Alberto Indacochea Mostajo como presidente, Salvador Luque Mendoza como vicepresidente académico y Victor Cornejo Aparicio como vicepresidente de Investigación. La norma emitida da cuenta que los miembros de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Autónoma de Camaná, señalados en el artículo 1 de la presente Resolución, resultan de aplicación las excepciones señaladas en los literales a), b), c) y d) del numeral 7.7 del acápite VII de las Disposiciones Complementarias del Documento Normativo denominado “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución”, aprobado por la Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU y modificatorias.

Estas excepciones culminan con la formalización del pliego presupuestal de la Universidad Nacional Autónoma de Camaná y se cuente con la disponibilidad de los recursos para el desarrollo de sus actividades.

La Resolución afirma que la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Autónoma de Camaná remita al Ministerio de Educación, en un plazo máximo de treinta días calendario contados a partir de la vigencia de la presente Resolución, un informe especifico detallando las acciones dispuestas para la formalización y habilitación del pliego presupuestal de la citada universidad pública, en virtud del literal e), numeral 6.1.9 del Documento Normativo que regula el funcionamiento de las Comisiones Organizadoras, aprobado por la Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU y modificatorias.

Fue mediante la Ley N° 32461 la que crea, entre otras, la Universidad Nacional Autónoma de Camaná, con sede en la provincia de Camaná del departamento de Arequipa, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía académica, administrativa, económica y financiera, dedicada a la investigación científica y tecnológica, formación profesional y la difusión cultural; la misma que constituye pliego presupuestario.

La Comisión Organizadora tiene a su cargo la aprobación del estatuto, reglamentos y documentos de gestión académica y administrativa de la universidad, formulados en los instrumentos de planeamiento, así como su conducción y dirección hasta que se constituyan los órganos de gobierno que le correspondan. La Comision está conformada por tres académicos de reconocido prestigio, cuyo desempeño es a dedicación exclusiva, son de libre designación y remoción por parte del MINEDU, y ejercen los cargos de presidente, vicepresidente Académico y vicepresidente de Investigación de la Comisión Organizadora, según corresponda.

Los miembros de la Comisión Organizadora de Camaná laboraron en la UNSA. El Dr. Alberto Indacochea es Doctor en Derecho, tiene el título profesional de Abogado, fue docente de la Universidad Nacional de San Agustín en la Facultad de Derecho en el Departamento de Derecho Privado. Salvador Luque Mendoza fue docente de la Escuela Profesional de Ciencias de la Comunicación de la UNSA, es Maestro en Ciencias de la Comunicación y Doctor en Comunicación y Desarrollo de la UNSA.

Victor Cornejo Aparicio, es Ingeniero Industrial, tiene una Maestría en Ingeniería Industrial con mención en Gestión de Producción, es Doctor en Ingeniería de Producción y Doctor en Ciencias de la Computación, docente investigador, docente principal en la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa – Perú, adscrito al Departamento Académico de Ingeniería de Sistemas e Informática de la Facultad de Ingeniería de Producción y Servicios, Docente de posgrado en programas de Maestría y Doctorado, Coordinador General, Investigador Principal.

Fue el jueves 02 de octubre cuando se promulgó la Ley 32461 en el diario oficial por el cual se crean veinte universidades nacionales, entre ellas la Universidad Nacional de Camaná, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía académica, administrativa, económica y financiera; dedicadas a la investigación científica y tecnológica, formación profesional y difusión cultural, conforme a la Ley 30220, Ley Universitaria, y la Ley 28044, Ley General de Educación.

En el caso de la Universidad de Camaná el proyecto de ley fue promovido por el congresista Esdras Medina y presentado el 24 de mayo del 2024 que tiene por finalidad: a) Formar profesionales con estándares de calidad, de acuerdo a las necesidades del mercado laboral y del país, b) Formar profesionales con principios y valores en defensa de la patria y la familia, c) Promover e impulsar el desarrollo de la investigación, innovación y desarrollo a nivel local, regional, nacional e internacional, y, d) Promover el desarrollo y crecimiento de la provincia de Camaná y de la región.

Las carreras que ofrecerá la Universidad Nacional Autónoma de Cámara son las siguientes: 1) Ingeniería Agroindustrial 2) Ingeniería Pesquera y Acuícola 3) Ingeniería de Minas y Metalurgia 4) Administración de Empresas. 5) Ciencias Contables 6) Educación 7) Enfermería.

La Universidad Nacional Autónoma de Camaná, se financia con los siguientes recursos: Los recursos ordinarios o asignaciones provenientes del tesoro público, los recursos autogenerados por la universidad, los recursos provenientes del canon minero, los recursos que se gestione en el ámbito de los gobiernos locales, gobierno regional y gobierno nacional, las donaciones de cualquier naturaleza y de fuente licita y los recursos provenientes de la cooperación técnica y económica financiera, nacional e internacional.

 

 

Hugo Amanque Chaiña


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