Jurado Electoral ordena al alcalde de Cayma cese de publicidad difundida al determinar que cometió infracción electoral

Hugo Amanque Chaiñamarzo 20, 20263min0
Hugo Amanque Chaiñamarzo 20, 20263min0

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Jurado Electoral ordena al alcalde de Cayma cese de publicidad difundida al determinar que cometió infracción electoral

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El Jurado Electoral Especial 1 mediante Resolución 000677-2026 del 16 de marzo del 2026, determinó infracción en materia de publicidad estatal prevista en el literal b) (caso 2) del artículo 20 del Reglamento sobre propaganda, publicidad estatal y neutralidad en periodo electoral, aprobado mediante Resolución N° 01122025-JNE, incurrida por don Juan Carlos Linares Cama, en su condición de titular del pliego de la Municipalidad Distrital de Cayma.

La norma emitida ordena al infractor el cese de la publicidad estatal difundida; dentro del plazo de cinco días calendarios, contados a partir del día siguiente que quede consentida y/o ejecutoriada la presente resolución; BAJO APERCIBIMIENTO, DE IMPONER SANCIÓN DE AMONESTACIÓN PÚBLICA Y MULTA, así como de remitir copia de los actuados al Ministerio Público en caso de incumplimiento. Exhorta al representante de la Municipalidad Distrital de Cayma, a fin de que, en lo posterior se abstenga de incurrir en las infracciones en materia de publicidad estatal, previstas en el artículo 20 del Reglamento sobre propaganda, publicidad estatal y neutralidad en periodo electoral aprobado mediante Resolución N° 0112-2025-JNE.

El argumento de la sanción señala que según el Informe N° 000023-2025-MALJEEAREQUIPA1-EG2026/JNE da cuenta sobre la presunta comisión de infracción a las normas que regulan la difusión de publicidad estatal en período electoral, por parte de la Municipalidad Distrital de Cayma y que se estaría realizando mediante el uso de un spot radial publicitario referido a la “AMNISTÍA TRIBUTARIA POR FIESTAS PATRIAS”, el mismo que fue difundido en el programa radial “Exitosa te escucha”, detectado el 25 de julio de 2025, el cual no habría sido objeto de autorización previa, lo cual vulneraría lo establecido en el literal b) del artículo 20 del Reglamento, el detalle del elemento publicitario de la incidencia del informe.

De la revisión expediente electrónico se verificó que la Resolución N° 00454-2025-JEE-AQP1/JNE, que admite a trámite el procedimiento sancionador contra don Juan Carlos Linares Cama, en su condición de titular del pliego de la Municipalidad Distrital de Cayma, ha sido notificada en fecha 01 de agosto de 2025, mediante notificación N° 15654-2025AQP1, depositada en su casilla electrónica; por tanto el plazo máximo para la presentación de sus descargos venció el 06 de agosto de 2025; no obstante, de la revisión del Sistema Integrado Jurisdiccional de Expedientes y Plataforma Electoral JNE, se advierte que se ha presentado el documento de descargo por parte del presunto infractor en fecha 07 de agosto del 2025, por lo que deviene en extemporáneo, sin embargo se tomara en cuenta lo manifestado en lo que corresponda.

Radio Santa Cruz

Hugo Amanque Chaiña


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