Solicitan al Jurado Electoral sancione al alcalde Rivera por violar norma de publicidad estatal y la exclusión del candidato Donayre

El 29 de enero del 2026 una trabajadora municipal, presentó una denuncia escrita ante el presidente del Jurado Electoral Especial de Arequipa, contra el alcalde provincial, Victor Rivera, por infringir normas de neutralidad electoral regulados en la Resolución 0112-2025 del JNE y contra el candidato a diputado, Erick Donayre, solicitando su exclusión por el partido político, Alianza para el Progreso, quien ejerció meses atrás las funciones de asesor del alcalde Rivera.
La trabajadora, afirma que Rivera y Donayre, incurrieron en aprovechamiento político e incumplimiento de neutralidad electoral, ya que ambos participaron en siete eventos políticos de actividades oficiales de la Municipalidad Provincial, especialmente en titulaciones de predios, adjuntado más de medio centenar de fotos desde el mes de enero hasta la primera semana de febrero 2026.
Entre ellos, en el proceso de saneamiento de la Asociación de Vivienda La Frontera el 18 de enero, el 12 de enero en saneamiento físico legal de la Asociación Pioneros de Cayma, el 10 de enero en la Asociación la Colina del Ajo en la Joya, el 10 de enero en La Cano, el 06 de enero en el aniversario del Mercado de San Camilo, el 25 de enero en la Perla Escondida, el 25 de enero en Los Bosques de Chachani, el 06 de enero en la Municipalidad de Paucarpata, etc.
La denuncia adjunta más de un centenar de fotos donde se observa al alcalde Rivera con una camiseta con el logotipo del partido político Alianza para el Congreso con el congresista Humberto Acuña el 24 de enero, el candidato Donayre y el gerente de la Beneficencia Pública, que también es funcionario público.
La denunciante sostiene ante el Jurado Electoral que Rivera y Donayre han cometido falta grave contra la neutralidad electoral regulado en el Reglamento del JNE, incurriendo en infracción a la neutralidad electoral, aprovechamiento de la infraestructura y eventos, publicidad estatal indebida, por lo que el Jurado debe aplicarles la sanción de 30 hasta 100 UITS y la remisión de los actuados al Ministerio Público.
Agrega que se ha incurrido en implicancias administrativas y disciplinarias, como el uso indebido de recursos públicos, la responsabilidad de funcionarios de relaciones públicas que permitieron que el candidato tome protagonismo en actos oficiales y podrían ser inhabilitados de sus cargos y por violar la Ley de Código de Ética de la Función Pública por obtener ventajas indebidas mediante el uso del cargo.
Remarca que se ha incurrido en peculado de uso al utilizarse vehículos, maquinarias y servicios para fines ajenos y se ha inducido al voto y se ha incurrido en malversación ideológica lo que debe investigar el Ministerio Público. Respecto de Donayre, la denuncia afirma que, aunque su vínculo laboral concluyó el 31 de diciembre del 2025, habría incurrido en acompañamiento ilegal, en instrumentación de la necesidad pública, siendo el alcalde Rivera el responsable directo al permitir que dicho candidato participe en actos oficiales municipales.
La denunciante, solicita al Jurado Electoral que pida a la MPA los videos de los actos donde participaron el alcalde y el candidato, que la Contraloría efectúe un servicio de control específico y que intervenga la Fiscalía Anticorrupción. Para el candidato Donayre, solicita se le excluya de la competencia electoral y los regidores provinciales pidan la suspensión del alcalde Rivera por el uso de bienes municipales para favorecer al partido político Alianza para el Progreso.




