Congresista Reymundo propone ley que sancione uso de inteligencia artificial para artículos científicos y proyectos de investigación

El 23 de enero del 2026 el congresista, Edgar Reymundo Mercado, presentó el proyecto de ley que tiene por objeto fortalecer la potestad sancionadora del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación mediante la modificación de la Ley 31250, con la finalidad de incorporar como infracción el uso inapropiado y antiético mediante la copia de información emitida a través de la herramienta digital de la Inteligencia Artificial para la elaboración de artículos científicos; proyectos de investigación, desarrollo tecnológico e innovación, entre otros.
Reymundo sugiere se modifique el inciso c del artículo 34 de la Ley 31250, en los siguientes términos: Artículo 34. Infracciones Constituyen infracciones pasibles de sanción las acciones u omisiones que se califican como faltas, según el siguiente detalle:
“Presentar ante el ente rector o ante cualquier actor público o privado de cualquiera de los tres niveles del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, artículos científicos; proyectos de investigación, desarrollo tecnológico e innovación; reportes o resultados de los mismos, declarados como propios y que incurran en fraude científico o que hayan sido obtenidos mediante la copia de información emitida a través de la herramienta digital de la Inteligencia Artificial, con la intención de obtener ventajas laborales o profesionales, aumentos salariales, premios, bonificaciones, contratos, consultorías, fondos de investigación y otros similares; así como utilizar o ceder, directa o indirectamente, las autorías de productos académicos o científicos para beneficio de terceros.»
En la exposición de motivos del proyecto de Reymundo, afirma que La preocupación radica en que si bien es cierto el impacto de la IA es importante y valioso, el uso de inmediato sin un análisis personal u opinión crítica sobre un cuestionamiento, origina que la persona use la IA para usar respuestas rápidas y aparentemente completas, pues dicha información debe ser contrastada con diagnósticos actuales, índices y sobre todo fuentes confiables, pues lo que hace la IA es obtener información contenida en el mundo digital ingresada por personas que muchas veces no han realizado ninguna evaluación sobre todo si se trata de temas científicos, de salud, etc.
En el caso de profesionales o científicos, que usan indiscriminadamente la información útil que puede obtener de la IA para apropiarse como suyas para la elaboración de textos científicos o proyectos, es necesario que estas personas sean sancionados, pues a la fecha se contempla el fraude científico, pero no se incluye al material o información que la IA puede brindar, pues no estamos tratando de un plagio o copia de autor específico o real, sino de una herramienta digital que facilita información y respuestas de manera inmediata.
La falsificación de investigaciones dentro de la comunidad científica tiene consecuencias para la credibilidad y socava la honestidad de los autores, sobre todo es un riesgo para el uso posterior de dichos documentos, pues los mismos deben ser evaluados y analizados con un nivel de responsabilidad y profesionalización que permiten ser utilizados para mejorar por ejemplo la calidad de vida si hablamos de temas científicos orientados a la salud.
La fabricación inapropiada de trabajos de investigación tiene graves consecuencias para el fabricante, el fabricado y la comunidad científica que depende de la integridad de estas publicaciones para tomar decisiones informadas sobre los cambios en la sociología, la economía, la política y la medicina, entre otros.
Reymundo remarca que utilizar una IA para la investigación no es una actividad intrínsecamente maliciosa, por ejemplo, se pueden introducir datos en una IA y solicitarle que realice un análisis estadístico, agilizando un proceso que habría llevado horas con otras tecnologías o que la IA puede revisar la gramática o facilitar la redacción de una conclusión para los resultados legítimos de un estudio, sin embargo, el problema surge cuando se utilizan datos inexistentes para falsificar resultados en la redacción de una investigación, que pueden eludir fácilmente la detección humana y publicarse.
La elaboración de trabajos de investigación generados por IA plantea serios desafíos, los cuales se busca aportar para que el uso inapropiado de esta herramienta sea considerado como una infracción mediante la presente iniciativa legislativa, que propone modificar la Ley 31250, Ley del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SINACTI), con la finalidad de evitar la investigación fraudulenta. Es necesario tener un marco legal que otorgue confianza y seguridad en los trabajos de investigación, coadyuvando a evitar la contaminar del campo de la investigación científica y socavar los trabajos legítimos producidos por otros autores.




