Ministerio de Cultura convoca Concurso Nacional de Composición de la Marcha Militar del Bicentenario

Hugo Amanque Chaiñaenero 7, 20264min0
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Ministerio de Cultura convoca Concurso Nacional de Composición de la Marcha Militar del Bicentenario

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El ministro de Cultura, Alfredo Luna, mediante Resolución Ministerial 000365-2025, publicado en el diario oficial, resolvió crear el “Concurso Nacional de Composición de la Marcha Militar del Bicentenario”, cuyo objetivo es seleccionar la obra que se constituirá como el testimonio sonoro del Bicentenario del Perú. Este concurso es realizado por el Ministerio de Cultura, a través de la Dirección de Artes, y la formulación de sus bases se realiza bajo los criterios técnicos y recomendaciones de las instituciones que conforman el “Grupo de Trabajo Multisectorial para la elaboración de las bases del Concurso Nacional de Composición de la Marcha Militar del Bicentenario”.

La  norma emitida crea el Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal, dependiente del Ministerio de Cultura, denominado “Grupo de Trabajo Multisectorial para la elaboración de las bases del Concurso Nacional de Composición de la Marcha Militar del Bicentenario” (en adelante Grupo de Trabajo), cuyo objeto es elaborar una propuesta de bases del concurso nacional de composición de la “Marcha Militar Bicentenario”; garantizando criterios de solidez artística, viabilidad técnica y difusión cívica. El Grupo de Trabajo está conformado por un representante de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes del Ministerio de Cultura, quien lo preside, un representante de la Dirección de Artes de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes del Ministerio de Cultura, un representante del Ministerio de Defensa, un representante de la Universidad Nacional de Música.

Los representantes del Grupo de Trabajo ejercen su función ad honorem. Las entidades señaladas designan a un representante titular y un representante alterno mediante documento escrito dirigido a la Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo, en un plazo máximo de siete días hábiles, contados a partir del día siguiente de publicada la presente resolución.  El Grupo de Trabajo, en el marco de las competencias y funciones de las entidades públicas que lo integran, tiene las siguientes funciones: a) Aprobar el Plan de Trabajo, b) Elaborar la propuesta de bases del “Concurso Nacional de Composición de la Marcha Militar del Bicentenario”, c) Elaborar la propuesta de miembros del jurado calificador. d) Otras que resulten necesarias para el cumplimiento de su objeto.

La resolución señala que la Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo está a cargo de la Dirección de Artes de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes del Ministerio de Cultura, que brinda asistencia técnica y administrativa para el funcionamiento y cumplimiento de su objeto. La Secretaría Técnica tiene las siguientes funciones: a) Brindar apoyo técnico al Grupo de Trabajo, a fin de coadyuvar al cumplimiento de su objeto, b) Realizar la convocatoria para las reuniones del Grupo de Trabajo, entre ellas la de instalación, c) Llevar a cabo las coordinaciones administrativas para el funcionamiento del Grupo de Trabajo, d) Elaborar las actas de las reuniones de trabajo y otros documentos necesarios para el cumplimiento del objeto del Grupo de Trabajo, e) Otras que le encargue la presidencia del Grupo de Trabajo, a fin de coadyuvar con sus fines. El Grupo de Trabajo se instala en un plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente de publicada la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano.

 

 

Hugo Amanque Chaiña


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