Jurado Electoral determinó que alcalde provincial de Islay transgredió reglamento de propaganda electoral

El Jurado Electoral Especial de Arequipa 1 mediante Resolución 01038-2025, suscrito por el presidente Javier Fernandez Dávila el 05 de diciembre del 2025, determinó infracción en materia de publicidad estatal del artículo 20, del Reglamento sobre propaganda, publicidad estatal y neutralidad en periodo electoral, aprobado mediante Resolución N° 0112-2025-JNE, incurrida por don Richard Hitler Ale Cruz, en su condición de titular del pliego de la Municipalidad Provincial de Islay; en consecuencia, ordenaron al mencionado infractor el cese de la publicidad estatal difundida mediante seis publicaciones en la red social Facebook de la entidad; dentro del plazo de diez días calendarios, contados a partir del día siguiente que quede consentida y/o ejecutoriada la presente resolución; bajo apercibimiento, de imponer sanción de amonestación pública y multa, así como de remitir copia de los actuados al Ministerio Público en caso de incumplimiento.
La Resolución dispone el archivo del procedimiento sancionador iniciado en contra de Richard Hitler Ale Cruz, en su condición de titular del pliego de la Municipalidad Provincial de Islay respecto los casos de la infracción prevista en los literales a) y e) del artículo 20, del Reglamento sobre propaganda, publicidad estatal y neutralidad en periodo electoral, aprobado mediante Resolución N° 0112-2025-JNE, conforme los fundamentos expuestos en la resolución.
La norma publicada exhorta al representante de la Municipalidad Provincial de Islay, a fin de que en lo posterior se abstenga de incurrir en las infracciones en materia de publicidad estatal, previstas en el artículo 20 del Reglamento sobre propaganda, publicidad estatal y neutralidad en periodo electoral aprobado mediante Resolución N° 0112-2025-JNE y dispone la remisión de copia de los actuados a la Contraloría General de la República para que proceda de acuerdo con sus atribuciones; por las razones expuestas en la parte considerativa, una vez quede consentida y/o ejecutoriada la presente.
Según el Informe N° 000008-2025-ZVCJEEAREQUIPA1-EG2026/JNE da cuenta sobre la presunta comisión de infracción a las normas que regulan la difusión de publicidad estatal en período electoral, por parte de la Municipalidad Provincial de Islay y que se estaría realizando mediante el uso de diez publicaciones en la red social Facebook referidas a seis campañas sobre: “IMPULSO DE RECURSOS TURÍSTICOS”, “ETAPA DE LICITACIÓN PARA CONSTRUCCIÓN DEL CASTILLO FORGA”, “PRONABEC RESALTA EL EXITO DE LA ACADEMIA MUNICIPAL BECA 18”, “OBRA DE MEJORAMIENTO ALREDEDOR DE PLAZA BOLOGNESI”, “OBRA DE MEJORAMIENTO DE LA TRANSITABILIDAD VEHICULAR Y PEATONAL EN CÉSAR VALLEJO” y “INSTALACIÓN DE PANTALLAS INTELIGENTES EN INSTITUCIONES EDUCATIVAS” publicados entre el 02 y el 06 de junio de 2025, y habrían sido reportados dentro del plazo de siete días hábiles contados desde el día siguiente del inicio de su difusión, además de ello contendrían elementos prohibidos por la normatividad electoral, tales como la imagen y nombre del alcalde distrital, don Richard Hitler Ale Cruz, situaciones que vulnerarían lo establecido en los literales a), e) y g) del artículo 20 del Reglamento, el detalle del elemento publicitario, de la incidencia y conclusiones del informe.
Foto La Prensa Regional




