Gobierno crea grupo de trabajo que formule proyecto de ley de Soberanía Nacional

El presidente del Consejo de ministros, Eduardo Arana, mediante Resolución Ministerial 01407-2025-DE, publicado en el diario oficial, creó el Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal con el objeto de formular una propuesta de proyecto de Ley de Soberanía Nacional, dependiente del Ministerio de Defensa.
El Grupo de Trabajo está conformado por representantes de: a) Un representante del Ministerio de Defensa, quien lo preside, b) Presidencia del Consejo de ministros, c) Ministerio de Relaciones Exteriores, d) Ministerio del Interior, e) Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, f) Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, g) Ejército del Perú, h) Marina de Guerra del Perú, i) Fuerza Aérea del Perú.
Los integrantes del Grupo de Trabajo cuentan con un representante alterno y ejercen sus funciones ad honórem. El Grupo de Trabajo tiene las siguientes funciones: a) Analizar el marco normativo relacionado a la soberanía nacional, a fin de identificar y diagnosticar la situación actual, b) Establecer un Plan de Trabajo que contenga las acciones para la elaboración de la propuesta de un proyecto de Ley de Soberanía Nacional, c) Formular la propuesta del proyecto de Ley de Soberanía Nacional y su correspondiente exposición de motivos.
Para el cumplimiento de sus funciones, el Grupo de Trabajo puede acordar la conformación de subgrupos de trabajo, según las necesidades que identifique. Asimismo, las sesiones o reuniones pueden realizarse de manera presencial, virtual o mixtas, utilizando herramientas de tecnologías de la información. Las entidades que conforman el Grupo de Trabajo señaladas en el artículo 2 de la presente Resolución Ministerial, designan a sus representantes, titular y alterno, mediante documento dirigido a la Secretaría Técnica, en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles, contado a partir del día hábil siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial.
La Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo es asumida por la Dirección General de Política y Estrategia del Ministerio de Defensa, quien asume la responsabilidad administrativa y coordinaciones operativas para el funcionamiento del Grupo de Trabajo; siendo responsable de llevar el registro de los acuerdos y toda la documentación que se genere; así como, de reportar periódicamente a la Presidencia. El Grupo de Trabajo se instala en un plazo no mayor de diez días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial.
El Grupo de Trabajo, previo acuerdo de sus integrantes y a través de su Secretaría Técnica, puede solicitar información, colaboración, asesoramiento y apoyo de otras entidades públicas y/o privadas del ámbito nacional e internacional; así como, de profesionales independientes que estimen necesarios para el cumplimiento de sus funciones. Las entidades que conforman el Grupo de Trabajo sujetan el cumplimiento de sus funciones a su presupuesto institucional, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. El Grupo de Trabajo tiene un plazo de vigencia de sesenta días hábiles, contado a partir del día hábil siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial, fecha en la cual presentará el Informe Final al titular del Ministerio de Defensa.