Presidenta del Tribunal Constitucional sostiene que Perú debe mantenerse en la Convención Americana de DDHH

El Estado Peruano debe mantenerse en la Convención Americana de Derechos Humanos pese a que algunas sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos son cuestionables, pero es necesario que Perú esté en una instancia supranacional. Así se expresó la presidenta del Tribunal Constitucional, Dra. Luz Pacheco, al responder algunas preguntas de la Asociación de la Prensa Extranjera en el país en una reunión que sostuvo con dichos periodistas acreditados en el país ante la posibilidad que el Estado se retire de la CIDH.
Pacheco, remarcó que la Convención establece que los jueces deben aplicar la norma que sea más protectora de los derechos humanos en favor de las personas, incluso si esta es una ley nacional frente a una disposición de la Corte IDH.
La presidenta del TC, mencionó su disconformidad con algunas sentencias de las Corte IDH entre ellas las que «liberaron terroristas» durante el Gobierno del expresidente Alejandro Toledo (2001-2006), tras el conflicto armado interno desatado por las organizaciones subversivas Sendero Luminoso y el Movimiento Revolucionario Túpac Amaru (MRTA), pero precisó ser partidaria de conceder indultos a presos que tengan una edad avanzada o que sufran enfermedades graves o terminales que no permitan unas condiciones dignas para sus últimos días de vida.
Luz Pacheco, evitó manifestarse al explicar que ve muy probable que en poco tiempo se presente una demanda de inconstitucionalidad contra esta ley aprobada por el Congreso y refirió que el fallo que emitan los magistrados constitucionales respecto a los delitos que deben considerarse como de lesa humanidad puede anticipar el criterio que este Tribunal Constitucional tomará respecto a la amnistía.
La máxima autoridad de justicia constitucional, reconoció que los jueces peruanos pueden acogerse al denominado «control difuso» para no aplicar leyes que consideren inconstitucionales como pudiera ser la amnistía, pero apuntó que esta prerrogativa no es aplicable una vez que el Tribunal Constitucional publica su fallo y sienta su criterio.
Foto Proactivo




