INEI autoriza ejecución de actualización del Registro Nacional de Municipalidades 2024

El Jefe Nacional interino del INEI, Pedro Abad, mediante Resolución Jefatural 161-2024, publicado en el diario oficial, autorizó la ejecución de la actualización del Registro Nacional de Municipalidades 2024, que se ejecutará a partir del 24 de junio 2024, y estará cargo de la Oficina Técnica de Estadísticas Departamentales del Instituto Nacional de Estadística e Informática – INEI.
Asimismo, se aprueba el Formulario 01, dirigido a las municipalidades provinciales y distritales; y el Formulario 02, dirigido a las municipalidades de centros poblados, que serán diligenciados para la actualización del Registro Nacional de Municipalidades, los cuales serán remitidos a todas las municipalidades del país, vía correo electrónico o mesa de partes virtual en formato PDF para su diligenciamiento por el Alcalde u otro funcionario municipal que delegue. Los Formularios, también estarán disponibles en la página Web del INEI https://www.gob.pe/ inei/, para su diligenciamiento en la Plataforma en Línea, siendo un formulario amigable de fácil diligenciamiento, y con preguntas estructuradas por tema; asimismo, muestra un reporte del estado situacional del diligenciamiento de las preguntas y validación de los datos registrados. Para acceder a la Plataforma debe ingresar la clave de acceso que será proporcionada mediante oficio dirigido al Alcalde.
El plazo máximo de presentación de los formularios debidamente diligenciados hasta el 31 de julio 2024, los mismos que serán remitidos a través del Formulario en Línea; y, en formato PDF en el departamento de Lima: al Instituto Nacional de Estadística e Informática a los correos electrónicos renamu@inei.gob.pe y mesadepartes@inei.gob.pe; y, en los otros departamentos del país, a las Oficinas Departamentales y Zonales de Estadística e Informática del Instituto Nacional de Estadística e Informática, cuyos correos electrónicos se consignan en el Anexo que forman parte de la presente Resolución.
La Resolución señala que los Directores Departamentales y Zonales de las Oficinas Departamentales y Zonales de Estadística e Informática del Instituto Nacional de Estadística e Informática serán responsables de la ejecución y coordinación con las autoridades municipales de su jurisdicción, para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. Las municipalidades que incumplan con la presentación de la información solicitada en el plazo establecido, serán pasibles de ser multadas conforme a lo dispuesto por los artículos 87, 89 y 91 del Decreto Supremo Nº 043-2001 PCM y que el pago de la multa no exime a las municipalidades de la obligación de suministrar la información solicitada.




