Colegio de Traductores sustentará en audiencia el 16 ante el TC inconstitucionalidad del DL 1667

Hugo Amanque Chaiñaseptiembre 10, 20265min64
Hugo Amanque Chaiñaseptiembre 10, 20265min64

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Colegio de Traductores sustentará en audiencia el 16 ante el TC inconstitucionalidad del DL 1667

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El Colegio de Traductores del Perú, representada por su decana nacional, Diana Chavez del Castillo, sustentará el miércoles 16 de septiembre en audiencia pública ante el Tribunal Constitucional la acción de inconstitucionalidad que interpusieron contra el Decreto Legislativo 1667 y su Reglamento aprobado por DS 011-2025-RE.

La decana sostiene que el DL 1667 vulnera su autonomía institucional y precariza la seguridad jurídica en el país, ya que su institución goza de autonomía académica, económica y administrativa, respaldada por el Artículo 20º de la Constitución Política del Perú, así como por su Estatuto y Reglamento Interno.

Dicha facultad les permite elegir libremente a sus representantes y participar como ente rector en los procesos que involucren su disciplina. Sin embargo, el Decreto Legislativo N.º 1667 y su Reglamento (D.S. N.º 011-2025-RE) según la decana, atropellan su independencia al imponer impedimentos arbitrarios que restringen la libre designación de sus máximos representantes en los grupos de trabajo para la selección de Traductores Públicos Juramentados (TPJ).

Afirma que la carrera de Traducción e Interpretación en el Perú no es un oficio improvisado; es una disciplina académica con más de 50 años de historia, impartida actualmente en universidades de alto prestigio, por lo que resulta inaudito y profesionalmente ofensivo que el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de la normativa cuestionada, pretenda que profesionales de otras carreras —ajenos a la ciencia de la traductología— puedan acceder al cargo de TPJ.

Sostiene tambien que en diversos documentos y aportes técnicos remitidos al MRE —incluso desde antes de la formulación de los proyectos del Decreto Legislativo y su Reglamento—, señalaban que abrir la función pública de traducción a profesionales de otras disciplinas constituye un retroceso histórico. Esta medida ignora el rigor académico y el esfuerzo de miles de traductores licenciados y colegiados que se forman específicamente en facultades universitarias para garantizar la precisión terminológica, técnica y legal que el Estado requiere, salvaguardando la seguridad jurídica que este cargo brinda.

Remarca que pese, a que el MRE abrió canales de comunicación y solicitó formalmente la opinión del CTP, dicha apertura resultó ser un acto meramente protocolar y el Ministerio hizo caso omiso a estas recomendaciones esenciales. El resultado es la promulgación de un marco legal con artículos inconstitucionales que no solo afectan la autonomía del CTP, sino que establecen barreras que impiden la participación de sus máximos representantes, configurando una intervención estatal directa que ignora la experiencia técnica del ente rector.

La decana Diana Chavez, precisa que el decreto cuestionado es un grave perjuicio a la sociedad y a la seguridad jurídica de la ciudadanía ya que fomenta la informalidad al permitir que especialistas en disciplinas ajenas realicen traducciones oficiales, se degrada la calidad del servicio ya que una traducción errónea puede acarrear costos económicos, legales y migratorios irreparables para el ciudadano.

Asimismo, considera inaceptable que el proceso de selección de TPJ se centralice exclusivamente en Lima, ignorando que existen facultades de traducción y oficinas descentralizadas del MRE en provincias y discrimina a los profesionales de regiones y contradice la propia exposición de motivos del MRE, que aducía la necesidad de atender a “30 millones de peruanos”.

Ante esta situación, la decana nacional manifestó que han interpuesto una Demanda de Inconstitucionalidad contra las normas que vulneran sus derechos y la  institución que dirige seguirá realizando todas las acciones legales, administrativas y demás que resulten pertinentes para defender nuestra autonomía y los derechos constitucionales de sus agremiados, no permitiendo que se atente contra el libre ejercicio de la profesión ni que se ponga en riesgo la seguridad jurídica de los usuarios.

 FOTO COLEGIO DE TRADUCTORES DEL PERÚ 

Hugo Amanque Chaiña


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