El 17 de abril el RENIEC debe remitir padrón de electores a elecciones regionales y municipales 2026 informó el JNE

Mediante Resolución 0643-2026 del 01 de abril, el Jurado Nacional de Elecciones estableció que el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil les remita la lista del padrón inicial de las Elecciones Regionales y Municipales 2026, como plazo máximo el 17 de abril de 2026.
La remisión de esta información debe efectuarse en formato electrónico y con el siguiente contenido: Código Único de Identificación, Dígito de verificación, Grupo de votación, Primer apellido, Segundo apellido, Prenombres, Fecha de nacimiento, Ubigeo de nacimiento, Sexo, Código de grado de instrucción, Domicilio actual, Ubigeo actual (departamento, provincia, distrito y centro poblado –en este último caso, de corresponder–), Fecha de inscripción, Fecha de emisión del DNI 1.15. Fecha de caducidad del DNI, Fecha del último trámite, Fecha del último cambio de ubigeo, Ubigeo y domicilio de procedencia (anteriores al cambio), Tipo de documento (DNI: convencional, de menor de edad, electrónico), Versión de DNI electrónico, Fecha de vigencia del certificado digital del DNI electrónico, Indicador de discapacidad del ciudadano, Nombre del padre, Nombre de la madre, Número de DNI del padre (de los ciudadanos respecto de los que se cuente con tal información), Número de DNI de la madre (de los ciudadanos respecto de los que se cuente con tal información), Archivos que contengan las fotografías (de no contar con la imagen o se trate de imagen en blanco, indicar el motivo que sustente su ausencia), Archivos que contengan las firma (de no contar con la imagen o se trate de imagen en blanco, indicar el motivo que sustente su ausencia), Archivos que contengan las huellas (de no contar con la imagen o se trate de imagen en blanco, indicar el motivo que sustente su ausencia).
La Resolución del JNE refiere que el proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2026, convocado mediante el Decreto Supremo Nº 001- 2026-PCM, deberá contar con el respectivo padrón electoral, que es la relación de ciudadanos hábiles para votar. La elaboración del referido padrón está a cargo del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec), sobre la base del Registro Único de Identificación de las Personas Naturales, el cual –conforme a lo previsto en el artículo 201 de la LOE, modificado por la Ley Nº 32264– debe cerrarse ciento ochenta (180) días calendario antes de la fecha de la elección; es decir, el padrón electoral para las Elecciones Regionales y Municipales 2026 debe cerrarse el 7 de abril de 2026.




