Jurado Electoral resuelve que alcalde Rivera infringió reglamento y ordena cese de publicidad estatal

Hugo Amanque Chaiñaabril 3, 20263min0
Hugo Amanque Chaiñaabril 3, 20263min0

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Jurado Electoral resuelve que alcalde Rivera infringió reglamento y ordena cese de publicidad estatal

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El Jurado Electoral Especial 1 de Arequipa mediante Resolución 00832-2026 del 01 de abril del 2026, determinó infracción en materia de publicidad estatal prevista en el literal e) (caso 1) del artículo 20, del Reglamento sobre propaganda, publicidad estatal y neutralidad en periodo electoral, aprobado mediante Resolución N° 0112-2025-JNE, incurrida por don Víctor Hugo Rivera Chávez, en su condición de titular del pliego de la Municipalidad Provincial de Arequipa; en consecuencia, ORDENARON al mencionado infractor el CESE de la publicidad estatal difundida mediante un (1) pasacalle referido a “Noviembre aprovecha nuestra Campaña tributaria”; dentro del plazo de cinco (5) días calendarios, contados a partir del día siguiente que quede consentida y/o ejecutoriada la presente resolución; bajo apercibimiento, de imponer sanción de amonestación pública y multa, así como de remitir copia de los actuados al Ministerio Público en caso de incumplimiento.

La Resolución dispone el ARCHIVO del procedimiento en el extremo del caso 2, referido a un (1) cartel sobre “Mantenimiento de la Plaza España”; que ha sido retirada, por lo que, carecer de objeto emitir pronunciamiento de fondo al respecto. Artículo tercero y exhorta al titular del pliego de la Municipalidad Provincial de Arequipa, a fin de que en lo posterior se abstenga de incurrir en las infracciones en materia de publicidad estatal, previstas en el artículo 20 del Reglamento sobre propaganda, publicidad estatal y neutralidad en periodo electoral aprobado mediante Resolución N° 0112-2025-JNE. Dispone, asimismo, la remisión de copia de los actuados a la Contraloría General de la República para que proceda de acuerdo con sus atribuciones; por las razones expuestas en la parte considerativa, una vez quede consentida y/o ejecutoriada la presente.

El caso se refiere al Informe N° 000012-2025-CYLJEEAREQUIPA1-EG2026/JNE que dio cuenta sobre la presunta comisión de infracción a las normas que regulan la difusión de publicidad estatal en período electoral, por parte de la Municipalidad Provincial de Arequipa, que se estaría realizando mediante el uso de un (1) pasacalle y un (1) cartel publicitario, en el distrito de Arequipa, en la Av. Independencia y Calle Colón sobre campaña tributaria y mantenimiento de la Plaza España en el mes de noviembre del 2025, los que no se habrían reportado mediante el procedimiento de reporte posterior ante el Jurado Electoral Especial de Arequipa lo cual vulneraría lo establecido en el literal e) del artículo 20 del Reglamento, el detalle del elemento publicitario.

Foto MPA

Hugo Amanque Chaiña


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