Alcalde de Yanahuara no priorizó descolmatación de quebrada del Chullo ante proximidad de lluvias informa Contraloría

La Municipalidad de Yanahuara que dirige el alcalde Sergio Bolliger, no priorizo las actividades orientadas a descolmatar las secciones de la quebrada del Chullo, agudizándose el desborde en su cauce ante las lluvias afectando la vida y salud de los pobladores cuyas viviendas se encuentran circundantes al área de influencia.
Así lo señala de forma concluyente el informe del órgano de control institucional de la Municipalidad Provincial de Arequipa reseñado en el informe 013-2026 sobre el estado situacional de la quebrada del Chullo frente a la ocurrencia de desbordes en su cauce emitido el 24 de febrero del 2026.
La OCI de la MPA en el informe emitido advierte que el encauzamiento de la quebrada del Chullo tiene solo un ancho de 4 metros de altura y una altura de 2 metros, dimensiones que resultan menores a la sección de aguas arriba condición que resulta insuficiente para trasladar el caudal generado con las últimas precipitaciones ocasionando desbordes e inundaciones.
El informe refiere asimismo que en la visita efectuada a la zona en la Cooperativa Los Independientes se encontraba colmatada, efectuando acciones de limpieza de vías y viviendas afectadas, pero no están priorizando acciones de limpieza o descolmatación en la propia quebrada.
Remarcan asimismo que se efectúa acopio de material suelto en el carril derecho de la Av. Metropolitana con la Av. Tahuaycani con la finalidad de encauzar en forma provisional el caudal del agua proveniente de la quebrada, pero dichos trabajos no garantizan la estabilidad del talud el cual podría ser arrastrado por el ingreso del agua proveniente de lluvias y generar lodos abajo en perjuicio de los pobladores cuyas viviendas se encuentran en áreas colindantes no priorizándose áreas de recuperación y descolmatación del lecho de la torrentera original.
El informe concluye afirmando que el alcalde de Yanahuara, Sergio Bolliger, ha incumplido el reglamento de la Ley 296654 del sistema nacional de gestión de riesgo de desastres aprobado por el DS 084-2011-PCM. El informe es emitido por José Torres del órgano de control institucional de la MPA, quien recomienda al alcalde Yanahuara, que debe comunicar a la OCI en plazo de cinco días hábiles las acciones preventivas o correctivas adoptadas respecto a la situación adversa encontradas en el informe descrito.
Foto El Pueblo




