Beneficencia Pública no publicitó sus inmuebles en procesos de subasta pública afirma informe de Contraloría

Hugo Amanque Chaiñaenero 8, 20263min0
Hugo Amanque Chaiñaenero 8, 20263min0

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Beneficencia Pública no publicitó sus inmuebles en procesos de subasta pública afirma informe de Contraloría

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La Sociedad de Beneficencia Pública de Arequipa no publicó los inmuebles disponibles en los procesos de subasta pública que llevó a cabo con ocasión del arrendamiento de dichos bienes el año 2025, situación que afectó los niveles de transparencia de la institución y limitó la concurrencia de interesados y postores para obtener mejores ofertas.

Así lo señala el informe de orientación de oficio 020-2025 del órgano de control institucional de la Beneficencia Pública denominada “Publicidad de inmuebles disponibles para arrendamiento en procesos de subasta publica de la Sociedad de Beneficencia Pública” del 24 de diciembre del 2025.

El informe precisa que pese a que el Reglamento establece que en un proceso de subasta pública, se debe publicar los inmuebles disponibles, a través de medios de comunicación como radio, televisión, periódicos, redes sociales, y otros, la Gerencia de Recursos Económicos e Inmobiliarios y Gestión de Negocios y la Dirección de Gestión Inmobiliaria de la Sociedad de Beneficencia, como responsables del proceso de arrendamiento de inmuebles, no hicieron cumplir dicha disposición en los procesos de Subasta Pública de inmuebles nos 001, 002 y 003-2025, al no publicar dicha información de forma pública.

Lo indicado, contraviene la Resolución de Presidencia del Directorio 114-2023 de 27 de octubre de 2023, que aprueba el Reglamento para arrendamiento de inmuebles de la Sociedad de Beneficencia de Arequipa, vigente a partir del 28 de octubre de 2023 y la Resolución Ministerial 185-2021-MIMP que aprueba los Lineamientos para la Implementación de Buenas Prácticas de Gestión de las Sociedades de Beneficencia, vigente desde el 16 de julio de 2021.

El informe solicita a Marcos Núñez Valencia, presidente del directorio, que debe remitir en plazo de 20 días el plan de acción sobre las observaciones y las medidas que implementaran en los próximos meses en la Beneficencia Pública de Arequipa.

Foto Diario Viral

Hugo Amanque Chaiña


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