Consejo Regional de Arequipa elige a nuevo presidente 2026 el lunes 05 en sesión extraordinaria

El lunes 05 de enero el Consejo Regional de Arequipa ha ido convocado a sesión extraordinaria desde las 09 horas en su sede institucional donde elegirán al nuevo presidente y vicepresidente para el año 2026 que será el ultimo del periodo 2023-2026.
Dos pre candidatos se perfilan a la presidencia y el oficialismo, postularía la consejera por Camaná, Norma Ortega, mientras que por la oposición postularía el consejero por Arequipa, César Huamantuma.
Según el Reglamento Interno del Consejo Regional de Arequipa aprobado mediante ordenanza regional 154-2022, el art. 23 refiere que “la elección del presidente del legislativo regional se realiza en sesión extraordinaria en la primera semana de enero donde también se elige al vicepresidente por el periodo de un año. No hay reelección en la presidencia. El presidente saliente tomará juramento al nuevo presidente y vicepresidente en la misma sesión en que se produzca la elección de estos”.
El art. 54 referido a las formas de votación en el Consejo Regional, indica que, todas las votaciones son públicas y se realizan a mano alzada y, “Solo podrá ser secreta para la elección del presidente del Consejo Regional, así como para la elección de los miembros de las comisiones ordinarias y especiales, si dos tercios de los miembros hábiles del pleno así lo acuerden”.
Este artículo a futuro debería modificarse por el principio de transparencia y publicidad de normas regionales, ya que la decisión consta en un acuerdo regional y la sociedad tiene derecho a saber cómo votan cada uno de los consejeros y la “votación secreta” es impropia en un Estado democrático y transparente en el siglo XXI.
El art. 53 indica que “el presidente tiene voto dirimente, además de su ejercicio de voto como consejero regional”. Como son catorce consejeros regionales, podría registrarse un empate en la votación, por lo que Osias Ortiz podría dirimir en la votación final.
El Reglamento Interno del Consejo Regional tiene vacíos y contradicciones que el ocio legislativo de sus consejeros y asesores no lo ha actualizado en los últimos tres años. En el art. 56 “sobre procedimientos del Consejo Regional, señala seis procedimientos. Procedimiento legislativo, de fiscalización, de control político, de vacancia y suspensión de cargo”. Debería incluirse el procedimiento de elección del presidente y vicepresidente.
Deberían presentarse listas para postular a la presidencia y vicepresidencia con requisitos mínimos. El actual reglamento no obliga a los postulantes a presentar un plan de trabajo anual o mínimo una agenda legislativa y de fiscalización que debería ser de público conocimiento de la sociedad a quien representan y no mantenerse en secreto como es habitual y definir la votación en base a la consigna partidaria antes que la propuesta orgánica para relanzar al Consejo Regional que no tiene peso, influencia ni trascendencia ante la opinión pública.
Asimismo, el art. 24 del Consejo Regional, se refiere a las atribuciones del presidente del Consejo Regional. Puntualmente, tiene dieciséis atribuciones específicas, es decir tiene mucho poder. Sin embargo, una de ellas señala que, “A la culminación de su gestión del presidente a cargo del Consejo Regional, debe preparar su memoria”.
Este artículo debería precisar en qué fecha debe dar cuenta al pleno o en audiencia pública a la sociedad mistiana con un balance autocritico la memoria anual o podría ser antes de la sesión extraordinaria de elección del nuevo presidente y vicepresidente del legislativo regional. Es otro vació que tiene el Reglamento actual.
Una vez que se elija al nuevo presidente y vicepresidente del Consejo Regional, en la próxima sesión debe aprobarse al nuevo cuadro de comisiones para el periodo 2026 y luego aprobar los montos de sueldo del gobernador y vicegobernadora regional, así como las dietas de los consejeros regionales, pero también aprobar las fechas de sesiones ordinarias del año 2026.




