Jurado Electoral admitió procedimiento sancionador contra gobierno regional por infracción a publicidad estatal en Camaná

El 07 de agosto del 2025 el Jurado Electoral Especial de Arequipa 1 que preside el Dr. Javier Fernandez Dávila, emitió la Resolución 00490-2025 en el expediente 2026004283 por el cual admitió a trámite el procedimiento sancionador contra el presunto infractor, Rohel Sánchez, en su condición de titular del pliego del Gobierno Regional de Arequipa, por la presunta infracción de las normas de publicidad estatal en periodo electoral, prevista en los literales e) y g) del artículo 20 del Reglamento sobre Propaganda Electoral, Publicidad Estatal y Neutralidad en Periodo Electoral, aprobado mediante Resolución N° 0112-2025-JNE; en el marco de la Elecciones Generales 2026.
La Resolución dispone el traslado del Informe 000008-2025-AACJEEAREQUIPA1-EG2026/JNE, emitido por el Fiscalizador Provincial de Camaná del Jurado Electoral Especial de Arequipa 1, y demás actuados a Rohel Sánchez, en su condición de titular de pliego del Gobierno Regional de Arequipa, para que en el plazo de tres días hábiles, computados a partir del día siguiente de su notificación, proceda a realizar los descargos respectivos; los mismos que deberán ser presentados a través de la Mesa de Partes Virtual del SIJE Electrónico del Jurado Nacional de Elecciones; bajo apercibimiento de resolverse con su descargo o sin él. Precisando que puede acceder al informe de fiscalización y demás actuados a través del link de la plataforma electoral.
El informe de fiscalización 00008-2025 del fiscalizador provincial de Camaná dio cuenta sobre la presunta comisión de infracción a las normas que regulan la publicidad estatal por parte del gobierno regional de Arequipa en el marco de las elecciones 2026.
El informe precisa que el gobierno regional de Arequipa ha difundido publicidad estatal en periodo electoral mediante tres paneles publicitarios el 31 de julio del 2025 referidos al mejoramiento de los servicios educativos secundarios de la IE Sebastián Barranca del distrito de Camaná, en la IE 40232 Virgen del Rosario en distrito José Maria Quimper en Camaná y nueva infraestructura hidráulica y sistema de riego del Canal Lateral Los Castillos en distrito Samuel Pastor en la provincia de Camaná, por lo que se ha producido vulneraciones al Reglamento sobre Propaganda Electoral, Publicidad Estatal y Neutralidad en Periodo Electoral, aprobado mediante Resolución N° 0112-2025-JNE; en el marco de la Elecciones Generales 2026.
En consecuencia, al difundirse publicidad estatal que no habrían cumplido con presentar el reporte posterior ante el Jurado Electoral Especial de Arequipa 1 y que no cumpliría con las condiciones para su difusión, específicamente la establecida en el literal b) del artículo 18 del Reglamento; siendo así, estos hechos descritos configurarían el supuesto de infracción contenido en los literales e) y g) del artículo 20 del Reglamento; por lo que, corresponde admitir a trámite el procedimiento sancionador contra el presunto infractor, que en el presente caso sería Rohel Sánchez en su condición de titular de pliego del Gobierno Regional de Arequipa, conforme lo establece el artículo 29 del Reglamento; asimismo, debe disponerse traslado de los actuados al presunto infractor mencionado, a fin de que en el plazo de tres días hábiles efectúe los descargos respectivos, los mismos que deberán ser presentados a través de la Mesa de Partes Virtual del SIJE – Electrónico del JNE.
Foto Diario Sin Fronteras




