Docente agustino Miguel Vizcardo viaja a EEUU para ejecución de proyecto de espectrofotómetro solar portátil

Hugo Amanque Chaiñajunio 7, 20253min0
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Docente agustino Miguel Vizcardo viaja a EEUU para ejecución de proyecto de espectrofotómetro solar portátil

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El Rector de la Universidad Nacional de San Agustín, Dr. Hugo Rojas, mediante Resolución Rectoral 0699-2025 publicada en el diario oficial, autorizó el viaje internacional del Mg. Miguel Vizcardo Cornejo, docente de la Facultad de Ciencias Naturales y Formales, para que, en calidad de Responsable Técnico, realice con fines de investigación, una capacitación en instrumentación de código abierto y aprendizaje automático, así como una revisión de la literatura, que realizará en la Universidad de Purdue, Indiana – EEUU, del 09 de junio al 23 de junio de 2025; todo ello en ejecución del Proyecto de Investigación Multidisciplinario titulado “Construcción y Evaluación de un Espectrofotómetro Solar Portátil de Bajo Costo usando Rasberry PI”; seleccionado según Resolución de Dirección Ejecutiva N° 030-2023-PROCIENCIA-DE y, en atención al Contrato N° PE501081990-2023-PROCIENCIA.

La Resolución indica que, el Mag. Miguel Ángel Vizcardo Cornejo, en calidad de Responsable Técnico del Proyecto de Investigación Multidisciplinario titulado: “Construcción y Evaluación de un Espectrofotómetro Solar Portátil de Bajo Costo usando Rasberry PI”, solicita autorización de viaje internacional, pasajes aéreos, seguro viajero y viáticos respectivos, a fin de realizar, con fines de investigación, una capacitación en instrumentación de código abierto y aprendizaje automático, así como una revisión de la literatura, que realizará en la Universidad de Purdue, Indiana – EEUU, del 09 de junio al 23 de junio de 2025, de acuerdo con lo programado en el Hito 2 del proyecto de investigación.

La norma publicada remarca que, la participación del docente en la citada capacitación con fines de Investigación, se encuentra enmarcada dentro de los fines de la Universidad, descritos en los numerales 1) y 5) del Artículo 6° de la Ley Universitaria N° 30220, es decir: “6.1 Preservar, acrecentar y transmitir de modo permanente la herencia científica, tecnológica, cultural y artística de la humanidad (…) y 6.5 Realizar y promover la investigación científica, tecnológica y humanística la creación intelectual y artística.

Foto UNSA

Hugo Amanque Chaiña


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