Gobierno Regional no asignó presupuesto del 1% para fiscalización de consejeros en presupuesto 2025 afirma Contraloría

El gobierno regional de Arequipa no incorporó en el presupuesto institucional de apertura 2025 los recursos mínimos previstos en la Ley 31812, situación que pondría en riesgo la función fiscalizadora del Consejo Regional de Arequipa.
Así lo señala textualmente la Subgerencia de Prevención e Integridad de la Contraloría en el informe de orientación de oficio 2915-2025 denominado función fiscalizadora del Consejo Regional periodo del 29 de enero del 2025.
El informe de Contraloría precisa que de la revisión de la base de datos pública, correspondiente al año fiscal 2025 del Portal de Transparencia Económica Perú del Ministerio de Economía y Finanzas, a la estructura funcional programática habilitada para el financiamiento del ejercicio de la función fiscalizadora del Consejo Regional, efectuada el 30 de enero de 2025 (con información actualizada al 29 de enero de 2025), se evidenció que el Gobierno Regional Arequipa no viene incorporando en el presupuesto institucional de apertura el monto mínimo del uno por ciento (1%) del presupuesto precedente de la genérica de gasto bienes y servicios, pertenecientes a la fuente de financiamiento recursos ordinarios del pliego, según lo exigido en la normativa vigente.
El informe indica que, el literal b) de la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley 31433 , modificada por el artículo 3 de la Ley 31812, establece que los gobiernos regionales deben incorporar anualmente en el PIA un monto mínimo del 1% y máximo del 2% del presupuesto precedente de la genérica de gasto bienes y servicios, pertenecientes a la fuente de financiamiento recursos ordinarios del pliego.
El informe señala que se ha verificado que el monto de los recursos incorporados al PIA 2025 del Gobierno Regional Arequipa asciende a la suma de S/ 637 930,00 (SEISCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS TREINTA CON 00/100 SOLES) debiendo asignar para el financiamiento del ejercicio de la función fiscalizadora del Consejo Regional un monto mínimo de S/ 1 074 826,72 (UN MILLÓN SETENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS VEINTISÉIS CON 72/100 SOLES); por lo cual, el monto asignado para el desarrollo de esta función es menor al monto mínimo establecido en el literal b) de la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley 31433, modificada por el artículo 3 de la Ley 31812.
El informe concluye que el gobierno regional de Arequipa esta incumpliendo la Ley 31812, «Ley que modifica la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, para asegurar el financiamiento del ejercicio de la función fiscalizadora de los consejos regionales y los concejos municipales», publicada en el Diario Oficial El Peruano el 5 de julio de 2023.
El gobernador Sánchez, según el informe de Contraloría, debe comunicar al Órgano de Control Institucional del Gobierno Regional Arequipa, en el plazo máximo de cinco días hábiles, las acciones preventivas o correctivas adoptadas o por adoptar, respecto a la situación adversa contenida en el Informe de Orientación de Oficio, adjuntando la documentación de sustento respectiva.
Foto CRA