GRA no actualizó adicional de 2 millones 066 mil soles en via regional Arequipa La Joya advierte Contraloría
El gobierno regional de Arequipa no registró ni actualizó información de la ejecución de la obra en el Sistema de Información de Obras Públicas de la Contraloria, afectando la transparencia, acceso a la información pública, control social y seguimiento de la obra en la construcción de la via regional Arequipa La Joya.
Así lo señala en forma concluyente el informe de hito de control 25839-2024 de la gerencia regional de control de Arequipa del mes de noviembre 2024. El informe precisa que, respecto al registro de “Adicionales/Deductivos/Reducción”, el gobierno regional de Arequipa aprobó la Modificación Física Financiera N° 1 mediante la Resolución de Gerencia Regional de Infraestructura N° 248-2024-GRA/GRI de 19 de julio de 2024 por un monto neto de S/ 2 millones 066 mil 745 soles con IGV; no obstante, dicha modificación no se encuentra registrada en el portal web del INFOBRAS.
El informe advierte que el gobierno regional no ha registrado ni actualizado la información referida de los representantes de la obra (Supervisor/Inspector y Residente) e información complementaria (Cronograma y Adicionales/Deductivos/Reducciones) requerida en el INFOBRAS, dentro de los plazos previstos en la Directiva, situación que no permite contar con datos objetivos y verificables en tiempo real respecto de la ejecución de la Obra.
La Contraloria indica que emitieron la Directiva N° 005-2023-CG/GMPL “Gestión del registro de las obras públicas en el Sistema de Información de Obras Públicas – INFOBRAS”, que establece las pautas para el registro de avance de las obras públicas, buscando el fortalecimiento, la promoción del control social y la transparencia de la información de las obras públicas a través del registro, articulación y publicidad de información por parte de las entidades públicas.
Adicionalmente, la Directiva de INFOBRAS indica que el registro de la información en el sistema informático de INFOBRAS es de carácter obligatorio y debe hacerse bajo responsabilidad del titular de la entidad, en los plazos previstos; debiendo registrarse y publicarse la información de los avances de obra, en forma mensual y como máximo el último día hábil del mes siguiente de efectuado el avance; en tanto que, la información de las demás modificaciones, como el plazo, adicionales u otros, debe registrarse en un plazo no mayor de 10 días hábiles, desde la emisión o aprobación de la variación efectuada.
El informe dirigido al gobernador regional, Rohel Sánchez, le solicita informar a la Comisión de Control de esta Entidad Fiscalizadora Superior en un plazo máximo de dos días hábiles de comunicado el Reporte, las acciones preventivas y correctivas adoptadas, adjuntando la documentación de sustento respectiva.
Foto Revista Constructivo