TC admite demanda de inconstitucionalidad contra Ley 32107 que presentó Colegio de Abogados de Lima
El Tribunal Constitucional admitió a trámite la demanda de inconstitucionalidad interpuesta por el Colegio de Abogados de Lima contra la Ley 32107 y corrió traslado de la misma al Congreso de la República para que se apersone al proceso y la conteste dentro de los 30 días siguientes a la notificación de la resolución del TC.
La resolución del TC sostiene que la demanda presentada por el Decano del Colegio de Abogados de Lima, Dr. Raúl Canelo, cumple con los requisitos del nuevo Código Procesal Constitucional donde se acompaña copia de la ley publicada en el diario oficial.
El Colegio de Abogados de Lima sustenta su demanda, contra la totalidad de la Ley 32107 ya que transgrede a su juicio diversas disposiciones de orden constitucional y el principio de ius cogens que rige sobre las normas que regulan la imprescriptibilidad de los delitos de crímenes de guerra y lesa humanidad.
Sostiene concretamente que la ley cuestionada, afecta al derecho a la verdad, implícito en el principio de la dignidad humana, el derecho a tutela jurisdiccional efectiva y el deber del Estado de garantizar la plena vigencia de los derechos humanos, así como también contraviene los derechos a la vida, a la integridad personal, a la libertad personal y a la igualdad, comprendidos en los art. 1, 2 incisos 1,2 y 24, y 139 de la Constitución.
En la demanda, se afirma que según sentencia del TC 00024-2010-PI/TC, el TC resolvió que la imprescriptibilidad de los delitos de lesa humanidad constituye una norma ius cogens, aplicable en todo tiempo, y que forma parte del contenido constitucionalmente protegido del derecho a la verdad en la que se dejo establecido que dicha sentencia y las interpretaciones en ella contenidas, son vinculantes para todos los poderes públicos y tiene alcances generales.