Proponen ampliar a enero 2025 plazo de afiliación para participar en elecciones generales, regionales y municipales 2026

Hugo Amanque Chaiñaseptiembre 26, 20244min0
Hugo Amanque Chaiñaseptiembre 26, 20244min0

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Proponen ampliar a enero 2025 plazo de afiliación para participar en elecciones generales, regionales y municipales 2026

elecciones 2026

El congresista Alejandro Pariona presentó el 25 de septiembre del 2024 el proyecto de ley que tiene por objeto establecer el plazo máximo de afiliación para participar en las elecciones generales, regionales y municipales próximas y garantizar el derecho de todo ciudadano a ser elegido, de conformidad con el artículo 31 de la Constitución Política del Perú, mediante el establecimiento de un plazo máximo excepcional de afiliación para participar en las próximas elecciones generales, regionales y municipales.

La propuesta pretende modificar la decimoctava disposición transitoria a la Ley 26859, Ley Orgánica de Elecciones, con el siguiente texto: «La convocatoria a Elecciones Generales 2026 se realizará con una anticipación no menor de trescientos sesenta y cinco (365) días calendario de la fecha del acto electoral y comprende las elecciones primarias. Para las Elecciones Generales 2026, el plazo de afiliación para participar en las elecciones primarias vence el 12 de enero de 2025, exceptuándose del plazo dispuesto en el artículo 24-A de la Ley 28094, Ley de Organizaciones Políticas.

Para las Elecciones Regionales y Municipales 2026, el plazo de afiliación para participar en las elecciones primarias vence el 7 de enero de 2025, exceptuándose del plazo dispuesto en el artículo 24-A de la Ley 28094, Ley de Organizaciones Políticas.

En la exposición de motivos, el congresista Pariona, afirma que su iniciativa legislativa busca  facilitar la militancia en las organizaciones políticas y movimientos regionales de cara a las próximas elecciones y modificar la Ley 26859, Ley Orgánica de Elecciones, a fin de extender hasta diciembre de este año el plazo de afiliación para participar en las elecciones primarias, exceptuándose del plazo dispuesto en el artículo 24-A de la Ley 28094, Ley de Organizaciones Políticas y está medida excepcional regirá para las elecciones generales, regionales y municipales.

Pariona indica que en todos los casos la afiliación es mayor al año del acto de elección (las elecciones generales serán en abril de 2026 y las elecciones regionales y municipales serán en octubre de 2026), lo que resulta una medida razonable, por cuanto se favorece la participación de los ciudadanos y se dota a los partidos políticos de mayor apertura para que puedan convocar y evaluar a candidaturas idóneas.

Esta medida, además, tiene mayor sentido si se considera que en enero de este año, mediante la Ley 31981, se eliminó la obligatoriedad de las elecciones primarias abiertas, simultáneas y obligatorias (PASO); norma que, si bien fue criticada en su momento, se encuentra vigente. Es decir, si el criterio del plazo de afiliación está relacionado con la realización de elecciones primarias, y estas han sido relativizadas por el vigor de la ley antes citada, queda claro que no resulta coherente exigir un plazo espaciado a la realización del acto electoral.

En todo supuesto, reconociendo la importancia de la filiación partidaria y de las elecciones primarias, la presente propuesta de ley busca ser un punto de conciliación con la libertad que debe regir en el derecho de ser elegido a través del acceso a una organización política. Para este efecto, la norma a aprobarse permitirá una convocatoria más abierta y motivadora de cuadros o alternativas de personas con perfil deseable.

 

Hugo Amanque Chaiña


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