Boluarte solicita al Congreso autorización de viaje a EEUU para participar en Asamblea ONU del 21 al 26 septiembre

Hugo Amanque Chaiñaseptiembre 8, 20243min0
Hugo Amanque Chaiñaseptiembre 8, 20243min0

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Boluarte solicita al Congreso autorización de viaje a EEUU para participar en Asamblea ONU del 21 al 26 septiembre

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El 06 de septiembre del 2024 la presidenta Dina Boluarte y el primer ministro, Gustavo Adrianzen, solicitaron al presidente del Congreso Eduardo Salhuana, la autorización de viaje a la Jefa de Estado a Estados Unidos en la ultima semana de septiembre del 2024.

El gobierno presentó asimismo el proyecto de Resolución Legislativa por el cual el Congreso de la República, de conformidad con lo prescrito en el inciso 9) del artículo 102 y el inciso 4) del artículo 113 de la Constitución Política del Perú; en el literal j) del inciso 1) del artículo 76 del Reglamento del Congreso de la República; en la Ley N° 28344, Ley que regula la autorización de salida del territorio nacional del Presidente de la República; y el artículo 8-A de la Ley 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, incorporado por la Ley 31810 respecto al encargo del despacho de la Presidencia de la República y de su gestión a través de tecnologías digitales, ha resuelto acceder a la petición formulada por la señora Presidenta de la República.

En consecuencia, autorizarla para salir del territorio nacional del 21 al 26 de septiembre de 2024, con el objeto de viajar a la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, a fin de participar en las principales actividades de la Semana de Alto Nivel del Septuagésimo Noveno Periodo de Sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas, las cuales se llevarán a cabo los días 22, 23, 24 y 25 de septiembre de 2024, ocasión en la que también sostendrá encuentros bilaterales con sus homólogos, así como con altas autoridades del Sistema de las Naciones Unidas, presentes en la referida Semana de Alto Nivel.

La Presidenta de la República se mantendrá a cargo del despacho de la Presidencia de la República empleando tecnologías digitales, las cuales adoptan los mecanismos de seguridad digital y la garantía de la seguridad de los medios a emplearse, en el marco de lo dispuesto en el artículo 8-A de la Ley 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, incorporado por la Ley 31810, así como en la normativa vigente en materia de seguridad y confianza digital en el país.

Foto TV PERU

Hugo Amanque Chaiña


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