MIDAGRI crea mesa técnica para actividades en distrito de Caylloma por 120 días

Hugo Amanque Chaiñajulio 21, 20243min0
Hugo Amanque Chaiñajulio 21, 20243min0

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MIDAGRI crea mesa técnica para actividades en distrito de Caylloma por 120 días

mesa caylloma

El ministro de Agricultura, Ángel Manero, mediante Resolución Ministerial 0258-2024 publicado en el diario oficial, creo el Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal, dependiente del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, denominado “Mesa Técnica para el desarrollo de actividades productivas, en el distrito de Caylloma, departamento de Arequipa”, con el objeto de establecer acciones para el desarrollo de actividades productivas en el distrito de Caylloma con la priorización de intervenciones de los niveles de gobierno involucrados.

El Grupo de Trabajo Multisectorial está conformado por los representantes de: a) El/La viceministro/a de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego, o su representante, quien lo preside, b) Presidencia del Consejo de Ministros, c) Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, d) Ministerio de Educación, e) Ministerio de Salud, f) Ministerio de Transportes y Comunicaciones, g) Ministerio de Energía y Minas, h) Gobierno Regional de Arequipa, i) Municipalidad Distrital de Caylloma.

El Grupo de Trabajo Multisectorial se instala dentro de un plazo máximo de quince (15) días hábiles y el Grupo de Trabajo Multisectorial, de naturaleza temporal tiene las siguientes funciones: a) Establecer acciones para el desarrollo de actividades productivas en el distrito de Caylloma, ubicado en la provincia de Caylloma y departamento de Arequipa, b) Definir la participación de las entidades involucradas de cada nivel de gobierno, para la identificación de necesidades y propuesta de intervenciones, c) Elaborar una matriz de intervenciones multisectoriales para el desarrollo de actividades productivas.

El Grupo de Trabajo tiene una vigencia de ciento veinte (120) días calendarios, contados desde su instalación, plazo en el cual debe presentar un documento denominado Reporte Final que contenga la hoja de ruta sobre la priorización de intervenciones de los ministerios, autoridades regional y distrital, involucrados. Dicho plazo podrá prorrogarse por periodos similares mediante Resolución Ministerial a propuesta de sus miembros. En cualquier caso, la prórroga no superará el plazo establecido en el numeral 28.2 del artículo 28 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, modificado por Decreto Supremo N° 064-2021-PCM y Decreto Supremo N° 131-2018-PCM.

Hugo Amanque Chaiña


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