El lunes 25 el TC analizará de ex presidentes Ollanta Humala y Alejandro Toledo

El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) presidido por el magistrado Francisco Morales Saravia, sesionará en audiencia pública el próximo lunes 25 de marzo y de acuerdo con lo programado, verá 21 procesos constitucionales, entre ellos, los presentados por los ex presidentes Ollanta Humala y Alejandro Toledo.
La audiencia se realizará en dos turnos, el primero se iniciará a las 9 de la mañana, donde el Colegiado tiene previsto escuchar los alegatos de los abogados en siete procesos de habeas corpus y cuatro de amparo. Aquí escuchará a la defensa del ex presidente Ollanta Humala y su esposa Nadine Heredia, en los procesos de hábeas corpus que presentaron.
El segundo horario se iniciará a las 11 de la mañana y en este caso se han programado ver ocho procesos de hábeas corpus y dos de amparo, entre ellos el interpuesto por el ex presidente Alejandro Toledo.
Los abogados podrán presentar sus escritos de solicitud de informe oral por mesa de partes o la ventanilla jurisdiccional del portal web institucional. El Pleno está conformado por los magistrados Francisco Morales Saravia (presidente), Luz Pacheco Zerga (vicepresidenta), Gustavo Gutiérrez Ticse, Helder Domínguez Haro, Manuel Monteagudo Valdez, César Ochoa Cardich y Pedro Hernández Chávez.
El habeas corpus es un recurso jurídico que tiene como intención proteger la libertad y la vida de cualquier persona y es un mecanismo legal que tiene como objetivo preservar la libertad frente a posibles detenciones arbitrarias. Bajo este enfoque, este procedimiento puede ser presentado en el caso de que una persona considere que su libertad se encuentra amenazada. Se hace valer ante los jueces o tribunales, los cuales evaluarán la legalidad de la detención realizada.
En el Perú, el habeas corpus se encuentra amparado por la Constitución y es un derecho esencial de los ciudadanos. Con esta figura se busca preservar el ejercicio del derecho a la libertad personal frente a cualquier acto ilícito. La Constitución del Perú, en su artículo 200, sostiene que el habeas corpus es una garantía constitucional. Dicha garantía tiene como propósito asegurar que cualquier persona privada de su libertad sea presentada ante un tribunal.
“Son garantías constitucionales: 1. La Acción de Hábeas Corpus, que procede ante el hecho u omisión, por parte de cualquier autoridad, funcionario o persona, que vulnera o amenaza la libertad individual o los derechos constitucionales conexos”.