Trece distritos de Arequipa entre cien son declarados en emergencia por lluvias decretó gobierno

Hugo Amanque Chaiñafebrero 27, 20243min0
Hugo Amanque Chaiñafebrero 27, 20243min0

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Trece distritos de Arequipa entre cien son declarados en emergencia por lluvias decretó gobierno

lluvias febrero

Un total de cien distritos del interior del país fueron declarados en Estado de Emergencia en  algunas provincias de los departamentos Amazonas, Áncash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, La Libertad, Lima, Loreto, Moquegua, Pasco y Puno, por impacto de daños a consecuencia de intensas precipitaciones pluviales, por el plazo de sesenta (60) días calendario, para la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de respuesta y rehabilitación que correspondan.

Entre los distritos declarados en estado de emergencia en la región Arequipa, se encuentran trece distritos. Ellos son, en la provincia de Arequipa, los distritos de Paucarpata y Santa Isabel de Siguas, en la provincia de Caravelí el distrito de Jaquí, en la provincia de Castilla los distritos de Chachas y Uñon, en la provincia de Caylloma los distritos de Cabanaconde, Chivay, Madrigal y Tapay, en la provincia de Condesuyos los distritos de Cayarani y Rio Grande, en la provincia de La Unión los distritos de Huaynacotas y Tomepampa.

El decreto supremo señala que los Gobiernos Regionales de Amazonas, Áncash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, La Libertad, Lima, Loreto, Moquegua, Pasco y Puno y los gobiernos locales comprendidos, con la coordinación técnica y seguimiento del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) y la participación del Ministerio de Salud, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, del Ministerio de Educación, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, del Ministerio de Energía y Minas, del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, del Ministerio del Interior, del Ministerio de Defensa, y demás instituciones públicas y privadas involucradas; ejecutarán las medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de respuesta y rehabilitación que correspondan. Dichas acciones deberán tener nexo directo de causalidad entre las intervenciones y el evento, y podrán ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecución, sustentadas en los estudios técnicos de las entidades competentes.

Hugo Amanque Chaiña


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