Entidades estatales de Arequipa no cumplen con Ley 29973 con dar empleo a discapacitados

Hugo Amanque Chaiñafebrero 26, 202410min0
Hugo Amanque Chaiñafebrero 26, 202410min0

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Entidades estatales de Arequipa no cumplen con Ley 29973 con dar empleo a discapacitados

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Los titulares de las entidades estatales de Arequipa no estan cumpliendo con acatar lo que ordena la Ley 29973 el cual señala que se debe contratar a personas con discapacidad en 5% del total de personal que laboran en entidades estatales lo que afecta su inclusión de dichas personas lo que puede generar el riesgo potencial de sanciones pecuniarias y el inicio de procedimientos sancionadores por el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad.

Así lo señalan una docena de informes de orientación de oficio que emitió la Subgerencia de Prevención e Integridad de la Contraloría a diversas entidades de Arequipa en los informes denominados “Gestión de Incorporación Laboral de las Personas con Discapacidad en el Sector Público”. El informe señala que la Ley 29973 General de Personas con Discapacidad, se estableció para promover, proteger y realizar condiciones de igualdad en condiciones de igualdad de las personas con discapacidad promoviendo su desarrollo e inclusión plena y efectiva en la vida política, económica, social y cultural.

En aras de lograr la inclusión laboral de las personas con discapacidad en el Sector Público, el artículo 49° de la Ley 29973 dispuso que las entidades públicas están obligadas a contratar personas con discapacidad, entre sus colaboradores, en una proporción no inferior al 5% de la totalidad de su personal, además la disposición es de alcance al personal civil que integra las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú

El cumplimiento de la obligación de la cuota de empleo por parte de las entidades públicas, se materializa en: (i) El cumplimiento de la entidad de contar con el 5% del total del personal con personas con discapacidad (La cuota de empleo debe ser calculada considerando todos los regímenes laborales de los servidores en la entidad); y, (ii) Verificar antes de iniciar el concurso de méritos que se haya cumplido con la cuota de empleo. Cabe indicar que, no existe prohibición para que las entidades públicas consideren dentro de la “cuota laboral de personas con discapacidad” a aquellas personas que posterior a su ingreso a la administración pública sufrieron de alguna discapacidad.

El informe menciona que las personas con discapacidad acreditan su condición con el Certificado de Discapacidad, el cual es un documento oficial otorgado por médicos certificadores registrados en las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud-IPRESS, públicas, privadas y mixtas a nivel nacional. La Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, a través de la Dirección de Prevención y Control de la Discapacidad, lleva el registro de los Certificados de Discapacidad emitidos mediante el Aplicativo HIS DSCAP WEB del MINSA.

El Informe de Contraloría refiere que el artículo 80° de la Ley 29973, establece que el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS), es la entidad competente para conocer y aplicar las infracciones y sanciones por el incumplimiento de la presente Ley, sin perjuicio de las competencias específicas que correspondan a los distintos sectores y niveles de gobierno. El incumplimiento de la cuota de empleo de personas con discapacidad se considera una infracción muy grave de conformidad con lo establecido en el literal c) del numeral 81.4 de la Ley 29973, y que implica la sanción de una multa que oscila entre las 12 a 15 UIT conforme a lo establecido en el literal c) del Artículo 95° del Reglamento de la Ley 29973.

El informe precisa finalmente que las entidades estatales de Arequipa han incumplido con la Ley 29973 del año 2012 y el artículo 49 y el Reglamento de dicha Ley aprobado mediante el DS 002-2014-MIMP en el artículo 53 sobre cuota de empleo en el sector público y el artículo 54 sobre procedimiento para el cumplimiento de la cuota de empleo en el sector público.

Los informes de Contraloria en sus recomendaciones ponen de conocimiento de los titulares de entidades estatales de Arequipa que deben comunicar al Órgano de Control Institucional de dichas dependencias públicas en el plazo máximo de cinco (5) días hábiles, las acciones preventivas o correctivas adoptadas o por adoptar, respecto a la situación adversa contenida en el presente Informe de Orientación de Oficio, adjuntando la documentación de sustento respectiva

Por ser de interes público, hemos resumido cuales son las entidades de Arequipa que estan incumpliendo la Ley 29973 según diversos informes emitidos de la Contraloría General de la República.

ENTIDADES ESTATALES DE AREQUIPA QUE INCUMPLEN LEY 29973

ENTIDAD TITULAR TOTAL PERSONAL DISCAPACITADOS CONTRATADOS
Gerencia Regional de Agricultura Abel Calderon Fernández 140 trabajadores Incumple totalmente la Ley y no tiene ningún empleado discapacitado
Ministerio Público Ciro Alejo Manzano 760 trabajadores Solo laboran 9 que es el 1.18%
Gobierno Regional de Arequipa sede central Rohel Sánchez 326 trabajadores Solo laboran 5 que es el 1.53%
Gerencia Regional de Educación Cecilia Jarita Padilla 933 trabajadores Solo laboran 16 que es el 1.71%
Hospital Honorio Delgado Alexis Urday Huarilloclla 2,460 trabajadores Solo laboran 22 que es el 0.89%
Gerencia Regional de Salud Abrahán Rodríguez Rivas 636 trabajadores Solo laboran 4 que es el 0.63%
Colegio Militar Francisco Bolognesi Jaime Uribe Livelli 164 trabajadores Solo laboran 4 que es el 2.44%
Red de Salud Arequipa Caylloma Luis Flores Quibarra 2,947 trabajadores Solo laboran 16 que es el 0.54%
Universidad Nacional San Agustín Hugo Flores Rojas 406 trabajadores Solo laboran 4 que es 0.99%
Corte Superior de Justicia César de la Cuba 1,645 trabajadores Solo laboran 15 que es 0.91%
Ugel Norte de Arequipa Roberto Marín Samayani 5,044 trabajadores Solo laboran 106 que es 2.10%
Hospital Goyeneche Paul Quinde Alarcon 1,088 trabajadores Solo laboran 8 que es 0.74%
Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones Carlos Ramos Vera 150 trabajadores Solo labora 1 que es el 0.67%
IREN SUR Leonor Sanchez R. 369 trabajadores Solo labora 3 que es el 0.81%
Ugel Caylloma Luis Ordoñez R 904 trabajadores Solo laboran 26 que es 2.8%
Registros Públicos Arequipa José Quilcate Tirado 369 trabajadores Solo laboran 2 que es 0.54%
Policía Nacional XI Dirección Territorial Gino Malaspina 49 trabajadores Solo labora 1 que es 2.04%
Red de Salud de Arequipa Camaná Aldo Llerena Olaechea 850 trabajadores Solo 7 laboran que es el 0.82%

 

Hugo Amanque Chaiña


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