Publican autorización de viaje de viaje a gerentes regionales de Ambiente y Turismo a España
El Consejo Regional de Arequipa que preside Fernando Cornejo, publicó en el diario oficial el Acuerdo Regional 004-2024, la autorización al Biólogo Fernando Mejía Vargas, Gerente Regional Ambiental del Gobierno Regional de Arequipa, para viajar a la ciudad de Madrid – España, por el periodo comprendido del 24 al 28 de enero de 2024, con la finalidad de participar en la Feria Internacional de Turismo – FITUR -, a fin de promocionar el Geoparque Colca y Volcanes de Andagua.
El Acuerdo dispone que los gastos que irrogue la presente autorización de viaje, son con cargo al Presupuesto del Pliego del Gobierno Regional de Arequipa, afecto al presupuesto institucional de la Unidad Ejecutora 757 Sede Central del Gobierno Regional de Arequipa y dispone asimismo que el Gerente Regional Ambiental presente al Consejo Regional, un informe detallado debidamente documentado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos como producto del viaje autorizado; y presentar la rendición de cuentas de acuerdo a Ley, dentro de los quince (15) días calendarios siguientes de efectuado el viaje, de conformidad con el artículo 5º de la Ley Nº 27619.
También se publicó el Acuerdo Regional Nº 05-2024-GRA/CR-AREQUIPA, por el cual se autoriza a Jorge Meza Cruz, Gerente Regional de Comercio Exterior y Turismo-viajar a la ciudad de Madrid-España, por el periodo comprendido del 24 al 28 de enero de 2024, con la finalidad de participar en la Feria Internacional de Turismo-FITUR-, a fin de promocionar el Geoparque Colca y Volcanes de Andagua; conforme a la parte considerativa de la presente Resolución.
Se dispone que los gastos que irrogue la presente autorización de viaje, son con cargo al Presupuesto del Pliego del Gobierno Regional de Arequipa, afecto al presupuesto institucional de la Unidad Ejecutora 757 Sede Central del Gobierno Regional de Arequipa y el Gerente Regional de Comercio Exterior y Turismo Arequipa presentará al Consejo Regional, un informe detallado debidamente documentado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos como producto del viaje autorizado; y presentar la rendición de cuentas de acuerdo a Ley, dentro de los quince (15) días calendarios siguientes de efectuado el viaje, de conformidad con el artículo 5º de la Ley Nº 27619.