Plantean proyecto para dar subvención económica y tratamiento físico y mental a niñas víctimas de violencia sexual

Hugo Amanque Chaiñaenero 16, 20244min0
Hugo Amanque Chaiñaenero 16, 20244min0

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Plantean proyecto para dar subvención económica y tratamiento físico y mental a niñas víctimas de violencia sexual

sanchez mujeres

El congresista Roberto Sánchez, presentó el proyecto de ley que tiene como objeto establecer un marco jurídico que garantice la reparación integral de las niñas, niños y adolescentes víctimas de los delitos tipificados, según corresponda, en el Capítulo IX (Violación de la libertad sexual) del Título IV del Libro Segundo (Parte Especial – Delitos) del Código Penal.

La reparación integral comprende el restablecimiento de la situación anterior y la eliminación de los efectos que el delito produjo, así como una indemnización como compensación por los daños causados. La reparación tiene vocación transformadora, por lo tanto, no solo tiene efecto restitutivo, sino también correctivo, por lo cual no es admisible una restitución a la misma situación estructural de violencia y discriminación que ocasionó la violación.

Todas las actividades que demande la reparación integral de las personas señaladas en el artículo 2 de la presente ley son ejecutados por el Estado, sin embargo, también pueden ser tercerizadas de acuerdo a lo que señale el Reglamento. El Estado se encarga de cobrar al responsable o responsables de los delitos, quienes están obligados al pago íntegro de la reparación que se refiere el párrafo anterior. Para el cobro, el Estado puede embargar todo tipo de cuentas, incluso las que se depositan las remuneraciones del responsable de la comisión del delito.

El Estado brinda los siguientes servicios de reparación integral: 1. Tratamiento de salud física y mental de la víctima hasta su recuperación integral por los daños ocasionados por los delitos que señala el artículo 2 de la presente ley. 2. Garantiza la educación de la víctima. 3. Subvención económica a la víctima, en el caso de ser necesario, que incluya su alimentación, vestimenta, hospedaje y otros gastos. 4. Los otros servicios que señale el juez según lo establecido en el artículo 7 de la presente ley.

Toda persona tiene el deber de denunciar oportunamente ante las autoridades competentes cualquier indicio o caso de violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes.

En la exposición de motivos, el congresista Sánchez, afirma que, desde enero a octubre del 2023, los Centros de Emergencia Mujer han atendido 10,610 casos de violación sexual, de los cuales 1,192 son niños y niñas y 5,889 son adolescentes. Es decir, en total se atendió 7,081 casos de niños, niñas y adolescentes. Las cifras de violación sexual de niñas, niños y adolescentes son bastante alarmantes, motivo por el cual se requiere medidas que permiten que dichas personas sean reparadas de forma integral, con la finalidad de restablecer la situación anterior a la comisión del delito, eliminando los efectos del mismo y que se dispongan medidas que impidan que dichos hechos vuelvan a ocurrir.

 

Hugo Amanque Chaiña


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