Tiabaya contrató ilegalmente a 94 personas en DL 276 sin concurso público de meritos afirma informe de Contraloría
Funcionarios de la Municipalidad Distrital de Tiabaya, contrataron a 94 personas bajo el régimen del decreto legislativo 276 sin concurso público de meritos, permitiendo el acceso a la función pública y el pago de remuneraciones y beneficios sociales por encima de la tarifa legal lo que provocó un perjuicio económico de 398 mil 529 soles.
Así lo señala el informe de control de oficio especifico 016-2023 del órgano de control institucional de la Municipalidad de Tiabaya del 14 de diciembre del 2023 dirigido al alcalde, Nelson Delgado Dueñas. El informe precisa que el personal contratado estuvo referidos a estudios de pre inversión, mejoramiento de servicios públicos, mejoramiento de capacidades culturales y deportivas, mejoramiento de productividad en predios agrícolas, mejoramiento de limpieza pública, mejoramiento de atención a poblacion vulnerable, etc.
La Contraloria detectó cuatro hechos irregulares. 1. La Municipalidad contrató a 94 empleados públicos sin concurso publico de meritos, referidos a estudios de pre inversion y proyectos de inversion pública, 2. De la contratación de los 94 personas sin concurso público se advierte que algunos tuvieron vínculos políticos, laborales, familiares y amicales entre otros previos a la suscripción del contrato., 3. El presupuesto utilizado para la ejecución del gasto de los contratos de personal de estudios de ProInversión sin concurso público de meritos, 4. La remuneración del personal contratado del DL 276 pagado por la Municipalidad causó un perjuicio económico de 398,529 soles.
Contraloria indica que los hechos irregulares contravienen el DL 276, la Ley 28175 Marco de Empleo Público, Ley 28411 del Sistema Nacional de Presupuesto, DL 1023 que crea la Autoridad de SERVIR, etc. El informe refiere que son nueve los funcionarios comprendidos en los ilícitos e irregularidades, recomendando al órgano instructor el procesamiento de dichos funcionarios y que la Procuraduría Pública de la Contraloría inicie las acciones civiles para deslindar las responsabilidades y al Procurador Público Anticorrupción inicie las acciones penales a los servidores comprendidos en el informe.