Promulgan Ley 31481 de Autoridad Nacional de Infraestructura que administrará proyectos hasta 200 millones
El gobierno de la presidenta Dina Boluarte promulgó la Ley 31481 en el diario oficial que tiene por objeto crear la Autoridad Nacional de Infraestructura (ANIN) y establecer disposiciones para la formulación, ejecución y mantenimiento de los proyectos o programas de inversión que estén a su cargo.
La ley tiene por finalidad contribuir al cierre de brechas de infraestructura para garantizar la efectiva prestación de servicios públicos y dinamizar la economía, así como al desarrollo del país con enfoque territorial, de prevención y de sostenibilidad ambiental. Será un organismo público ejecutor adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros para la formulación, ejecución y mantenimiento de los proyectos o programas de inversión a su cargo.
La ANIN cuenta con autonomía funcional, administrativa, técnica y económica, con arreglo a lo dispuesto por la Ley 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y se constituye como un pliego presupuestal y tiene competencia en materia de infraestructura sobre los proyectos o programas de inversión a nivel nacional, de los tres niveles de gobierno, que le son asignados o delegados, conforme a la presente ley.
La nueva Ley señala que la ANIN, en el marco de su competencia, tiene las siguientes funciones generales: a) Ejecutar los proyectos o programas de inversión a su cargo, así como formularlos en aquellos casos en que le sea requerido, b) Mantener la infraestructura, equipamiento y mobiliario de los proyectos o programas de inversión ejecutados, según corresponda, por un período de hasta cuatro años, c) Formular, ejecutar, mejorar o conservar obras de infraestructura de defensa civil estratégica, según corresponda, para prevenir y controlar inundaciones y otros peligros asociados al cambio climático u otras calamidades públicas, d) Gestionar y suscribir contratos, acuerdos y/o convenios vinculados al cumplimiento de su objeto, e) Evaluar y garantizar que los estudios técnicos y consultorías especializadas vinculadas al expediente técnico de los proyectos y programas de su cartera cumplan con los parámetros técnicos exigidos y reformularlos en caso sea necesario.
La Autoridad Nacional de Infraestructura (ANIN) tiene a su cargo una cartera de proyectos o programas de inversión en infraestructura que cuenten con montos de inversión iguales o mayores a doscientos millones de soles, que se encuentren en la programación multianual de inversiones vigente y que no tengan ejecución física. Es posible incluir en la cartera a cargo de la ANIN, programas o proyectos de inversión en infraestructura sin ejecución física, cuyo monto de inversión se encuentre entre cuarenta y doscientos millones de soles, solo cuando se trate de intervenciones multisectoriales conjuntas con enfoque de desarrollo territorial y alto impacto económico o social dentro de un determinado ámbito geográfico, o de intervenciones multisectoriales conjuntas que se enmarquen en situaciones de emergencia por desastres naturales, declarada por la autoridad competente.
La nueva ley afirma que la ANIN está a cargo de la ejecución de una cartera de proyectos o programas de inversión que se establece y actualiza por decreto supremo con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros, a propuesta de la Presidencia del Consejo de Ministros. En el caso de proyectos o programas de inversión a cargo de los gobiernos regionales o gobiernos locales, su incorporación a la cartera de la ANIN requiere del correspondiente decreto supremo aprobado con el voto favorable del Consejo de Ministros y del respectivo convenio de delegación.
La estructura orgánica básica de la ANIN está compuesta por los siguientes órganos: a) Jefatura, b) Gerencia general, c) Órgano de control institucional, d) Órganos de asesoramiento, e) Órganos de apoyo, f) Órganos de línea. El desarrollo de la estructura orgánica básica y funciones de la ANIN se establece en su reglamento de organización y funciones.
La ANIN cuenta con un jefe responsable del funcionamiento institucional a dedicación exclusiva y remunerada, quien ejerce la titularidad del pliego presupuestal. La jefatura de la ANIN es un cargo de designación regulada con sujeción al cumplimiento de requisitos, previamente definidos y debidamente acreditados, conforme a la normativa vigente. El jefe de la ANIN es nombrado por resolución suprema, refrendada por el presidente del Consejo de Ministros, para un período de cuatro años, sujeto a una única renovación por período similar de manera continua.