Declaran estado de emergencia por lluvias en 18 distritos de la región Arequipa

pressadminmarzo 12, 20235min0
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Declaran estado de emergencia por lluvias en 18 distritos de la región Arequipa

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TV PERU

El gobierno nacional mediante Decreto Supremo 035-2023-PMC, publicado en el diario oficial el domingo 12 de marzo, declaró el Estado de Emergencia en 335 distritos en 12 departamentos de Áncash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, Lima, Moquegua, Puno y Tacna; y, de la Provincia Constitucional del Callao, por peligro inminente ante intensas precipitaciones pluviales, por el plazo de sesenta (60) días calendario, para la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias de reducción del Muy Alto Riesgo existente, así como de respuesta y rehabilitación que correspondan.

Los distritos declarados en emergencia en la región Arequipa son los siguientes: En la provincia de Arequipa el distrito de San Juan de Tarucani, en la provincia de Castilla el distrito de Choco, en la provincia de Castilla los distritos de Caylloma, Madrigal, San Antonio de Chuca, Sibayo, Tapay y Tisco, en la provincia de Condesuyos los distritos de Cayarani y Chichas, en la provincia de La Union los distritos de Alca, Charcana, Huaynacotas, Pampamarca, Puyca, Sayla, Tauría y Toro.

El decreto supremo afirma que los Gobiernos Regionales de Áncash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Callao, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, Lima, Moquegua, Puno y Tacna; así como, los Gobiernos Locales comprendidos, con la coordinación técnica y seguimiento del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) y la participación del Ministerio de Salud, del Ministerio de Educación, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, del Ministerio del Interior, del Ministerio de Defensa, y demás instituciones públicas y privadas involucradas; ejecutarán las medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias de reducción del Muy Alto Riesgo existente, así como de respuesta y rehabilitación que correspondan. Dichas acciones deberán tener nexo directo de causalidad entre las intervenciones y el evento, y podrán ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecución, sustentadas en los estudios técnicos de las entidades competentes.

Entre los considerandos del DS, se afirma que en el Informe Situacional de la Dirección de Respuesta del INDECI, se ha identificado la presencia de elementos expuestos ante la probabilidad de intensas precipitaciones pluviales, identificándose más de 2’000,000 de pobladores expuestos en el nivel de Riesgo Muy Alto ante la probabilidad de intensas precipitaciones pluviales, así como, viviendas, instituciones educativas, puentes, infraestructura productiva pública y privada, vías de comunicación, entre otros; por lo que, la situación descrita demanda la adopción de medidas urgentes que permitan a los Gobiernos Regionales de Áncash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Callao, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, Lima, Moquegua, Puno y Tacna.

Asimismo, a los Gobiernos Locales involucrados, con la coordinación técnica y seguimiento permanente del INDECI y la participación del Ministerio de Salud, del Ministerio de Educación, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, del Ministerio del Interior, del Ministerio de Defensa, y demás instituciones públicas y privadas involucradas, en cuanto les corresponda; ejecutar las medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias de reducción del Muy Alto Riesgo existente, así como de respuesta y rehabilitación que correspondan. Dichas acciones deberán tener nexo directo de causalidad entre las intervenciones y el evento, y podrán ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante la ejecución, sustentadas en los estudios técnicos de las entidades competentes.

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